Toda planificación de una investigación socioeducativa implica definir quiénes van a ser las personas con las que trabajemos y produzcamos la información que pueda dar respuesta a nuestros objetivos de estudio. Desde el enfoque cualitativo, hablaremos de informantes o participantes, según sean las posibilidades de implicación que les ofrecemos: si la investigación se plantea desde los intereses propios de las personas con las que investigamos y les damos la opción de intervenir en la planificación de la propuesta, estaremos hablando de participantes; si limitamos su posibilidad de acción a dar información sobre aquello que investigamos, hablaremos entonces de informantes.
En cualquier caso, sean informantes o participantes, necesitamos que sean conocedoras de nuestro proyecto, nuestros objetivos, las condiciones en las que trabajaremos y el uso que se pretende hacer de los resultados. Necesitamos contar con su acuerdo y ofrecerles garantía de confidencialidad. Todo ello se conoce como consentimiento informado, documento que formaliza la implicación en nuestro proyecto. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando las personas con quienes investigamos son menores? El consentimiento vendrá firmado por el padre, madre o tutor-a legal. Pero entonces, ¿el menor no expresa su acuerdo para participar en el proyecto?
Pues muchas veces no… Y es que formalmente no es requerido desde los Comités de Ética, encargados de velar por la protección y el respeto de las personas participantes.
Una posibilidad, que considero interesante y necesaria, se viene impulsando desde distintos grupos e instituciones de investigación que trabajan con la infancia, como es el caso de Enclave. Evaluación y Enfoque de Derechos Humanos. Marta Martínez, cofundadora de este centro, nos presentó la idea del asentimiento informado, documento que, sin sustituir al consentimiento informado, viene a recabar la conformidad de los niños y niñas para participar en nuestro proyecto. Escrito en un lenguaje claro, comprensible por ellos y ellas, debe ofrecer la información necesaria para que entiendan qué pretende nuestra investigación, por qué es importante contar con su participación y cuál será la forma de participar.
En mi opinión, el asentimiento informado no es un formalismo sin más; es poner en valor la capacidad de decisión y agencia en la infancia.
¿Cómo lo valoráis y por qué? ¿Conocéis alguna experiencia en la que se haya facilitado el asentimiento informado?
OpenEdition le sugiere que cite este post de la siguiente manera:
Belén Ballesteros (14 de noviembre de 2022). Investigación con la infancia. ¿Basta con el consentimiento? Qualitas. Recuperado 9 de diciembre de 2024 de https://doi.org/10.58079/t46y
asentimiento informado a día de hoy, cuando realizamos cualquier tipo de estudio empírico sobre todo con participantes menores de edad, es fundamental tener plena transparencia sobre objetivos y resultados y, de esta forma, conseguir un alto grado de complicidad de los distintos aspectos y análisis, pretendiendo llegar a conclusiones que sirvan para afianzar métodos y sentar bases.
Pero por otro lado, viéndolo desde otro punto de vista, pienso que el menor (dependiendo de la edad) también tiene derecho a decidir y a tomar decisiones pero ¿hasta qué punto?
Es cierto que, a la hora de trabajar con menores, ya sea en mi proceso de prácticas universitarias como voluntariados en varios centros, he podido ver como los familiares/tutores son responsables de tomar las decisiones a la hora de realizar cualquier tipo de intervención/investigación con los menores, incluso sin dar pie a lo que sería la opinión del menor.
A esto último que acabo de decir, en el que el menor no es el que toma la decisión a la hora de trabajar con él o ella, creo que si la educación a día de hoy nunca lo ha tenido en cuenta, con esto no iba a ser menos.
En el sistema educativo, y desgraciadamente hablo a día de hoy, los menores no tienen ni voz ni voto en el proceso de enseñanza-aprendizaje y son simples marionetas que practican todo aquello que el docente indique.
Por lo tanto, partiendo de que la educación DEBERÍA ser la base para que existan seres humanos críticos y libres, muchas decisiones (como la que estamos debatiendo) van a seguir vigentes debido a la falta de autonomía existente y dependencia de decisión a la que estamos acostumbrados, tanto en el mundo educativo y social.
Investigación con la infancia. ¿Basta con el consentimiento?
Esta entrada en este blog me parece interesante porque nos lleva hacia un debate y a hacernos una reflexión. Me parecen muy interesantes las aportaciones realizadas en el foro. Todas ellas me han aportado algo.
¿Es suficiente con el consentimiento informado?, que es un documento que formula la implicación en un proyecto. Podríamos decir que para un adulto sí. También seria necesario en este caso un documento que protegiera la confidencialidad. En algunas experiencias que he realizado, es lo que he hecho.
Pero que pasa cuando las personas que forman parte de una investigación son menores. Todos sabemos que los menores están legalmente protegidos. Para ello deben los padres o tutores legales firmar el consentimiento informado. Pero qué pasa con estos menores, donde expresan su voluntad o no de participar en estas investigaciones. Como pueden hacerlo. Es aquí donde aparece el asentimiento informado, que es donde se recaba la conformidad de los niños para participar en un determinado proyecto.
Pero es aquí donde en relación a este asentimiento informado, me aparecen algunas dudas, como pueden ser, la edad y la madurez. A qué años puede un menor firmar este tipo de documento. En esa misma edad biológica habrá niños que entenderán totalmente lo que firman y otros no. ¿Hacemos bien en poner esta responsabilidad sobre un niño?
Esta claro que toda la información que les demos tiene que ser clara y comprensible para ellos. Pero aun así puede haber algunas lagunas. Esta claro que la sociedad avanza muy rápidamente y los menores tienen responsabilidades que antes eran impensables. Estoy de acuerdo y me parece muy positiva su utilización, pero hay que observar muchos matices.
¡Buenos días a todos!
Me parece muy interesante el tema que estamos abordando en esta entrada del blog, porque es un asunto que nunca me había planteado y sobre el que puede haber una gran diversidad de opiniones.
En todas las actividades que realicé en las prácticas del grado de Educación Infantil, el profesorado nos hizo mucho hincapié en lo necesario que era el consentimiento informado para cualquier actividad que se saliera fuera de lo cotidiano en el aula. Por ello, considero que, en el caso de realizar una investigación con participantes menores de edad, es esencial contar con este documento firmado por los tutores legales, ya que al fin y al cabo no tienen la misma capacidad que un adulto para tomar decisiones y sopesar los riesgos o los beneficios de esta práctica. Es decir, es fundamental la figura de un adulto que vele por su seguridad y elija lo mejor para ellos en cada momento.
No obstante, no estoy de acuerdo en que se deje de lado la opinión de los menores, puesto que ellos son los que van a participar y tienen el derecho legal de ser escuchados. Para ello, debemos informarlos sobre en qué consistirá la investigación utilizando un lenguaje claro y comprensible para su edad, sino finalmente será una decisión aleatoria, sin ningún conocimiento.
Además, me parece una buena iniciativa porque el enfrentarse a este tipo de decisiones tiene consecuencias positivas para ellos. El alumnado tendrá que meditar por sí mismo si quiere participar o no en dicha actividad atendiendo a sus intereses y su motivación. De esta manera, haremos que se sientan más partícipes del proceso de investigación al mismo tiempo que favoreceremos su pensamiento crítico y reflexivo.
En definitiva, estoy de acuerdo en que se formalice tanto el consentimiento informado como el asentimiento informado y considero que lo llevaré a la práctica en el futuro. A pesar de esto, siendo docente de la especialidad de Infantil, creo que hay ciertas edades (de 0 a 3 años), en las que el alumnado todavía no es capaz de comprender el por qué de las cosas y, por consiguiente, no son capaces de tomar una decisión sobre algo tan importante como es la recogida de datos para una investigación. Por lo tanto, en estas edades, no utilizaría el asentimiento informado, pero sí los haría conocedores de qué vamos a hacer y por qué, respetándolos siempre en el caso de no querer participar.
Buenas tardes a tod@s,
En primer lugar, quisiera agradecer la oportunidad que se nos ha brindado para llevar a cabo esta reflexión de manera conjunta. Sin duda, resulta una estupenda herramienta para compartir puntos de vista y posicionamientos con respecto a un elemento que será recurrente en nuestras futuras investigaciones. Asimismo, me gustaría destacar igualmente cada una de las aportaciones realizadas en el foro hasta el momento, dado que de todas ellas se puede extraer algún elemento interesante y enriquecedor a efectos de realizar la aportación solicitada.
Con respecto al caso que nos ocupa, me gustaría comenzar indicando que los tutores legales de un menor tienen responsabilidad parental sobre éste, a tenor de lo estipulado en el artículo 154 del Código Civil. Por tanto, han de velar por ellos y sus intereses, prestándoles todos los cuidados y atenciones que necesiten y estimen oportunos. Por ejemplo, cabe destacar la elección de la Educación que quieren que reciban sus hijos o la autorización para que éstos participen (o no) en un trabajo de investigación ajeno a sus obligaciones diarias. Es decir, el consentimiento informado por parte de los progenitores resulta ineludible en cualquier trabajo de investigación que tenga como propósito trabajar con menores.
Teniendo ya este documento inicial, ¿resulta pues necesario el asentimiento informado proporcionado por los propios menores objeto de estudio?
La Convención de los Derechos de la Infancia, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por el Estado Español el 30 de noviembre de 1990, recoge y completa los principios contenidos en la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, mostrándose entre ellos el siguiente: Permitir al niño expresar su opinión en los asuntos que le conciernen, profesar su religión, buscar y difundir informaciones y asociarse, todo ello en función de su edad y madurez.
Asimismo, en el artículo 26 de la reciente Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, se expone lo siguiente: “A los efectos de esta ley, se entiende por parentalidad positiva el comportamiento de los progenitores, o de quienes ejerzan funciones de tutela, guarda o acogimiento, fundamentado en el interés superior del niño, niña o adolescente y orientado a que la persona menor de edad crezca en un entorno afectivo y sin violencia que incluya el derecho a expresar su opinión, a participar y ser tomado en cuenta en todos los asuntos que le afecten, la educación en derechos y obligaciones, favorezca el desarrollo de sus capacidades, ofrezca reconocimiento y orientación, y permita su pleno desarrollo en todos los órdenes”.
De ambos textos emanan dos aspectos relevantes, los cuales quedaron en negrita anteriormente y que se sintetizan a continuación: la necesidad de contar con la opinión de los menores y la atención que ha de prestarse a su edad y madurez. Parece coherente indicar que, si se denomina “parentalidad positiva” aquella que tiene en cuenta estos dos aspectos señalados, resulte igualmente positiva aquella investigación que cumpla también con ellos. Además, disponer de un asentimiento informado no sólo garantizaría el hecho de cumplir con esos preceptos previamente indicados, sino que permitiría paralelamente incrementar la eticidad y calidad de la investigación desarrollada, dado que se les permite a los menores conocer y ser partícipes de la misma si finalmente así lo desean.
Mi experiencia personal, como docente e investigador con alumnado de Educación Primaria, me hace pensar en el asentimiento informado incluso como un recurso pedagógico más, el cual permite que el menor participe activamente del estudio realizado, resultando finalmente esta experiencia hasta más significativa para él. Algo distinto de cuando se dispone de la autorización parental pertinente, pero el menor desconoce el propósito de aquello en lo que está participando.
Saludos virtuales,
Hola:
Veo que la mayoría de nosotros/as no tenemos ninguna experiencia con el consentimiento informado, y esto me hace preguntarme: ¿por qué?
Creo que los derechos del niño contemplan el derecho a elegir y tomar decisiones propias, y en este foro ninguna persona opina en contra de este principio; ni en contra del asentimiento informado. Sin embargo, si no tenemos experiencias cercanas, ni hemos oído hablar del concepto, cabe preguntarse cuales son las razones. A mí personalmente se me ocurren dos, pero me encantaría saber lo que opinan el resto:
1. En primer lugar, está la novedad del concepto y la dificultad de implementar y estandarizar este tipo de cuestiones de un día para otro.
2. En segundo lugar, creo que merece la pena que atendamos también al costo económico que puede suponer el tiempo que inviertan los investigadores en añadir el procedimiento del asentimiento informado a sus rutinas.
¿Qué pensáis?
En mi opinión me parece super interesante este artículo, ya que desconocía que existiese la idea del asentimiento informado y con la cual estoy totalmente de acuerdo, ya que debemos de respetar los derechos del niño por lo que ellos deben de ser los protagonistas de tomar sus decisiones, debemos de explicarles a los niños con un lenguaje claro y sencillo teniendo en cuenta su nivel de maduración las indicaciones del proyecto o cualquier situación en la que él niño o la niña decida si quiere participar o no.
Aunque los padres sean las primeras personas que los niños conocen y las más importantes de su vida, pienso que no tienen el derecho de decidir lo que el niño puede o no realizar, ya que no debemos de forzar nada sino que ellos tomarán sus propias decisiones debido a que son los que van a participar en el proyecto de investigación.
Y por último otra idea que me gustaría resaltar es que en un futuro como docente me gustaría utilizar el asentimiento informado, ya que pienso que se debe de ir introduciendo en la sociedad ya que como yo y la mayoría de mis compañeros desconocía esta información.
En mi opinión me parece muy interesante ese artículo, ya que desconocía que existiese la idea del asentimiento informado y con la cual estoy totalmente de acuerdo, ya que debemos de respetar los derechos del niño por lo que ellos deben de ser los protagonistas de tomar sus decisiones, debemos de explicarles a los niños con un lenguaje claro y sencillo teniendo en cuenta su nivel de maduración las indicaciones del proyecto o cualquier situación en la que el niño o la niña decida si quiere participar o no.
Aunque los padres sean las primeras personas que los niños conocen y las más importantes de su vida, pienso que no tienen el derecho de decidir lo que el niño puede o no realizar, ya que no debemos de forzar nada, sino que ello tomarán sus propias decisiones debido a que son los que van a participar en el proyecto de investigación.
Y por último otra idea que me gustaría resaltar es que en un futuro como docente me gustaría utilizar el asentimiento informado, ya que pienso que se debe de ir introduciendo en la sociedad ya que como yo y la mayoría de mis compañeros desconocía esta información.
Buenas tardes.
Desde mi punto de vista, es una gran iniciativa el hecho de informar a los niños sobre su consentimiento en torno a los proyectos educativos que se realicen con ellos, ya sea con la técnica que mejor convenga. Leyendo el “Asentimiento informado”, me parece una estupenda elección a la hora de informar a los menores sobre el proyecto y recabar su conformidad sin menospreciar y dejar de lado al consentimiento informado.
En todo proyecto o experiencia de investigación entra en juego el enclave de los valores que se transmiten y la ética que se utiliza. No veo razón para que los comités de ética no informen a los menores sobre su conformidad por el hecho de ser menores y, sin embargo, la implicación venga asentida por los tutores legales. Las personas, ya sean informantes o participantes, podemos ejercer nuestro derecho al consentimiento informado.
En todo proyecto, para que este se lleve adelante con rigurosidad, los sujetos que participen deben de estar informados acerca de la experiencia, los objetivos a los que se pretende llegar así como las condiciones a las que van a estar sometidos y para que se van a utilizar esos datos. Eso da lugar a transparencia a la hora de llevarlo a cabo.
En conclusión, todo el mundo sabe que este derecho no se cumple en la mayoría de ámbitos de la sociedad y que nuestros datos se comparten sin nuestro consentimiento “en la mayoría de los casos” sin estar informados nosotros.
Buenos días, estoy sorprendida con la gran cantidad de información que desconocía y las reflexiones y opiniones que habéis compartido sobre el tema tratado en esta entrada, y sobre todo de las experiencias realizadas por algunos de vosotros.
En relación con el consentimiento infantil en investigaciones, nunca me había planteado la existencia de un asentimiento informado para los alumnos. En mi experiencia universitaria no he tenido la oportunidad de tener asignaturas relacionadas con la investigación y con ello la posibilidad de llevar a cabo una investigación como tal. Respecto a mi experiencia como alumna de prácticas al realizar proyectos y actividades lo primero que hacía era informar a los alumnos sobre mi función en el aula y lo que se iba a realizar, al igual que con las familias. Tampoco he podido observar por parte de los tutores o profesores de estos alumnos que al realizar tareas que implican imágenes, como menciona una compañera en este blog, además de pedirle el consentimiento a los padres se les preguntará a los alumnos si de verdad a ellos le apetecía aparecer en esa foto. Leyendo los comentarios sobre la edad adecuada para que los alumnos sean capaces de entender el asentimiento informado, creo que depende de la madurez de los alumnos como ya han comentado, y de sus características y su contexto, ya que tal vez en algunos entornos educativos se promueve más que en otros el pensamiento crítico.
Tras mi experiencia y las reflexiones que han dado mis compañeros me doy cuenta que muy poca veces nos interesamos por las necesidades y opiniones que tienen los niños. Siempre nos interesamos por que los alumnos aprendan los conocimientos básicos propuestos en un currículo pero no siempre nos interesamos realmente sobre lo que piensan, cómo se sienten en diferentes situaciones o qué opinan de lo que se les impone, y cuando sí lo hacen, como adultos no le permitimos expresarse como a ellos les gustaría porque “los adultos siempre tienen la razón”.
Todo ello me hace pensar en la importancia de este asentimiento informado con lo que los alumnos se sienten integrados e informados en la investigación en la que van a participar y que sin su implicación no se podrían llevar a cabo.
Sí al asentimiento informado, pero, ¿de qué manera?
El asentimiento informado está siendo utilizado e investigado en varias áreas en la que la población estudiada consta de personas menores de edad y también para población con discapacidades complejas (Paramasivam et al., 2021).
Además de en nuestra principal área de interés, la socioeducativa, vemos como en el ámbito de la investigación médica pediátrica se llevan a cabo estudios para medir la comprensión de la información presentada en el asentimiento informado y así medir su competencia para tomar decisiones sobre su salud, mostrando niveles muy satisfactorios de entendimiento (Cotrim et al., 2021).
Tal y como apuntan Roth-Cline y Nelson (2013), tanto el consentimiento paterno como el asentimiento de los niños constan de los mismos componentes: compartir información, comprehensión de la información facilitada y voluntariedad para participar del objeto de investigación o del proceso que se lleva a cabo.
La forma de presentar esta información ha de variar según la etapa de desarrollo en la que se encuentren los menores de edad, y como apuntan Cotrim et al. (2013), la información ha de facilitarse de forma que el niño la entienda y de manera que se comprenda cuál es el plan de investigación así como que puede cambiar su parecer al respecto de participar en el programa siempre que quiera.
Es pues la vía y forma de hacer llegar la información el punto clave de este proceso. En investigaciones de Pyle y Danniels vemos que presentar un libro de imágenes para informar sobre el proceso de investigación puede ser un procedimiento acertado (2015). La investigación en torno al asentimiento informado en el área de la pediatría también nos aporta ideas mostrando como una buena manera de hacer llegar la información a los menores puede verse mejorada mediante una presentación multimedia (O’Lonergan & Forster-Harwood, 2011).
Bibliografía:
Cotrim, H., Granja, C., Carvalho, A. S., Cotrim, C. & Martins, R. (2021). Children’s Understanding of Informed Assents in Research Studies. Healthcare, 9(7), 871. https://doi.org/10.3390/healthcare9070871
O’Lonergan, T. A. & Forster-Harwood, J. E. (2011). Novel Approach to Parental Permission and Child Assent for Research: Improving Comprehension. Pediatrics, 127(5), 917-924. https://doi.org/10.1542/peds.2010-3283
Paramasivam, A., Jaiswal, A., Minhas, R., Wittich, W. & Spruyt-Rocks, R. (2021). Informed Consent or Assent Strategies for Research With Individuals With Deafblindness or Dual Sensory Impairment: A Scoping Review. Archives of Rehabilitation Research and Clinical Translation, 3(2), 100115. https://doi.org/10.1016/j.arrct.2021.100115
Pyle, A. & Danniels, E. (2015). Using a picture book to gain assent in research with young children. Early Child Development and Care, 186(9), 1438-1452. https://doi.org/10.1080/03004430.2015.1100175
Roth-Cline, M. & Nelson, R. M. (2013). Parental permission and child assent in research on children. Yale Journal of Biology and Medicine.
En una era donde se potencia, desde edades cada vez más tempranas, la capacidad de análisis y toma de decisiones, se antoja el “asentimiento informado” como herramienta básica de trabajo para la consecución de dichos objetivos. Si bien es cierto que los menores no tienen capacidad legal debido a su edad, y por ello son los progenitores o tutores legales quienes deben encargarse de esta formalidad, no lo es menos el que los menores deben ser conocedores de que están siendo objeto de estudio para , de esta forma, ser los protagonistas de su vida, poner interés en aquello que les llama la atención y trabajar con un objetivo claro. Considero que es un buen aprendizaje además de un derecho como sujeto activo de su propia vida, no como mero sujeto pasivo donde para todo depende del adulto y -donde al llegar a la edad adulta- no son capaces de tomar decisiones por sí mismos.
Buenas tardes,
Me parece muy interesante la temática abordada en el blog, y un tema que no se tiene tan presente como se debería desde las instituciones y otras entidades que trabajan con menores.
Es cierto que el consentimiento por parte de los progenitores en caso de ser menor es muy importante, ya que, en ocasiones, este puede ser engañado y/o manipulado por otro adulto para sus propios intereses (aunque realmente los progenitores también podrían ser engañados…), pero también se debe prestar especial atención a lo que el menor tenga que decir al respecto, a que se sienta partícipe y sujeto activo de derechos, no pasivo.
Si queremos crear ciudadanos críticos y reflexivos, deberíamos empezar por escuchar a los menores en todos los ámbitos en los que estos se vean implicados, en este caso en la participación en procesos de investigación. Como se aporta en la publicación, este asentimiento informado deberá adaptarse a la persona a la que va dirigida, haciéndolo desde un lenguaje claro y cotidiano, para no dejar lugar a dudas y que la persona sea consciente en todo momento de lo que le está siendo comunicado.
Para procesos de investigación me parece fundamental contar con la aprobación por parte de los sujetos que son “investigados”, por la parte ética y moral de la profesión entre otras cosas, no debiendo cambiar esto en función de la edad de los sujetos (entendiendo que tengan la edad y madurez necesarias).
Sin embargo, desde mi práctica profesional, donde intervengo con menores derivados de los Servicios Sociales, estos no eligen participar en el proyecto, sino que son los progenitores los que deciden por los mismos, en estas cuestiones, aunque se haga ver que la opinión del mismo es importante, se le haga partícipe en su intervención, se sienta escuchado y respetado… Sí creo que, para primar el interés superior del mismo, es una cuestión que compete a los adultos responsables del mismo, pues la participación en proyectos socioeducativos es beneficioso para el mismo, aunque al inicio se presenten resistencias.
En mi caso profesional, trabajé como Trabajadora Social era Funcionaria Pública en el sistema público de protección al menor, en el cual, realizaba múltiples funciones e investigaciones a favor del sistema y de los NNNA (Niños, Niñas y Adolescentes), y uno de los derechos fundamentales y del código del menor contemplados en la Ley 136-03 de los NNA de R. Dominicana, era EL SER ESCUCHADOS (NNA), esto quiere decir que a la hora de sentarme con un menor de edad a entrevistarlo para obtener sus datos personales, recopilar sus informaciones de sus historias de vida, y poderles gestionar su caso, y también tramitarlo con otras instituciones gubernamentales como podían ser las fiscalías, tribunales, el registro civil en dado caso que no tuvieran documentos por no estar registrados en el sistema, ya estaba implícito en ese articulo y derecho de la Ley, no tenían que firmar un consentimiento informado autorizando el ofrecerme sus datos personales, porque en mi caso como parte del sistema público de ese país, caían en mi potestad jurídica y de protección, que debía de velar por sus garantías y derechos hasta resolver el caso. Como también, tenían el derecho de solicitar ayuda si se apersonaban en una institución pública de protección al menor o tribunales, por decir que eran maltratados.
En el caso de entidades privadas como por ejemplo las ONG que eran hogares residenciales permanentes o temporales de estos menores, no solicitaban documentos de autorización, porque eran derivados de una entidad pública que les suministraba parte del expediente de ese menor, y que la ley les exigía por ser centros que forman parte del sistema la confidencialidad y el manejo de documentos éticos, que si no eran manejados y tramitados con la suficiente profesionalidad, sabían que tenían repercusiones y consecuencias legales ante un tribunal por violar informaciones y derechos de las víctimas que en este caso eran menores de edad, ya que muchos de ellos, carecen de tutores, padres, madres y/o familiares que se conocieran y confirmasen que eran familiares sanguíneos, por carencia de documentos legítimos y/o de fuentes colaterales crediticias, y se debían de realizar pruebas de ADN para dar fe de quienes eran realmente sus familiares.
Con todo esto quiere decir, que no siempre debe de haber un documento como tal, sino que hay derechos legales que hacen implícitos dichos consentimientos con tan solo verbalizarlo, sin que haya nada escrito. Ante la ley, la palabra también es válida.
Nunca me había planteado la necesidad de un documento como tal y lo primero que se me pasa por la cabeza al leer esta entrada es: ¿quiénes tienen derecho a elegir?
La sociedad considera competentes a los adultos en la toma de decisiones, pues suponemos que son capaces de entender el impacto de las diferentes investigaciones. Sin embargo, rara vez se tiene en cuenta la opinión de los menores al respecto. Esto no solo ocurre a la hora de decidir si participar o no en una investigación, sino que hoy en día existe una sobreprotección por parte de los adultos que se traduce, entre otras cosas, en decidir todo por ellos.
La toma de decisiones es una habilidad muy necesaria en la era de la información en la que nos encontramos y comenzar a desarrollarla desde la infancia se vuelve necesario. Es muy común que las personas lleguen a la edad adulta sin haber tomado decisiones importantes, lo que produce una enorme inseguridad.
Algunos compañeros mencionan la edad como factor determinante, pues el concepto de competencia está irremediablemente relacionado con información. Sin embargo, pienso que independientemente de la edad, los niños deberían ser informados. Nuestro cometido, como adultos competentes, es adaptar nuestro discurso para que entiendan lo mejor posible lo que implica la investigación, sus objetivos, beneficios, limitaciones… e implicarlos en la toma de decisiones junto a sus familiares o tutores legales.
Por esta razón, y volviendo al tema que nos ocupa, estoy completamente de acuerdo en utilizar el asentimiento informado con los menores en las investigaciones .
Finalmente, mencionar que no conozco ningún caso en el que se haya utilizado el asentimiento informado; pero sin duda lo tendré en cuenta para mis futuras investigaciones.
¡Hola compañeros!
Me ha parecido un tema muy interesante para comentar y debatir.
Tras leer el texto, es cierto que, hasta hace poco tiempo, con el beneplácito de los padres/madres/tutores legales de los niños ya era suficiente para que un menor de edad pudiese realizar un proyecto/investigación, pero tenemos que preguntarnos si en realidad el niño quiere participar en ese proyecto. Si son los niños los que van a actuar, ¿por qué sólo se recoge la aprobación de los padres?
No podemos negar que estos últimos tienen la patria potestad, ya que un menor de edad se considera que no tiene la suficiente madurez para tomar ciertas decisiones. Pero en todo caso, los infantes deben mostrar su acuerdo y conocer qué es lo que van a hacer y cómo lo van a hacer.
En definitiva, se trata de poner en valor su capacidad para tomar decisiones, lo que puede ayudarles a desarrollar su responsabilidad y gestionar las decisiones de su futuro.
Respecto a la segunda pregunta, no conozco ninguna experiencia en la que se haya utilizado el asentimiento informado, pero sí me parece que vamos en una buena dirección gracias a iniciativas como esta.
Buenas tardes, mi nombre es Patricia Almagro antes de nada me gustaría agradecer las publicaciones de compañer@s.
Los menores son un colectivo que puede ser discriminados y que debe ser protegido por su vulnerabilidad. En muchas ocasiones aparece el edadismo, término acuñado por Robert Butler en la década de los 60 que refiere a los estereotipos y prejuicios existentes en relación a la edad.
Aunque es más frecuente que el edadismo se refiera a los mayores también se manifiesta con niños y adolescentes donde se pueden dar conductas sobreprotectoras. Este término está relacionado con el concepto de hiperpaternidad y la falta autonomía. En este caso, la hiperpaternidad hace caso omiso al desarrollo de destrezas emocionales tan importantes como la independencia del niño, la resistencia a la frustración así creando niños impacientes incapaces de superar los obstáculos o dificultades de la vida, porque los padres se lo dan todo hecho.
Los menores deben tenerse en cuenta a la hora de tomar decisiones, uno de los puntos clave es la edad en la que se encuentren. Un menor de 7 año por maduración es probable que tenga algo de menos juicio que el de 12 pero de igual modo ambos creo que según que temas pueden ser consultados. Tanto en la infancia como en la adolescencia, cuanto más se haya ejercido este derecho a tomar decisiones de manera fundamentadas, después en la etapa de adulto tendrán mejor capacidad de tomar decisiones, serán más justos y contaran con mayor autoestima.
Buenos días,
Contestando a las preguntas que se plantean en la entrada principal, me gustaría indicar que a pesar de llevar unos años trabajando con adolescentes, no había escuchado anteriormente hablar del asentimiento informado. Al leer la reflexión aportada en el blog me parece un elemento que debería ser de uso continuo no solo en la investigación, sino que debería ser una práctica que se utilicen en toda intervención o actividad que se realice con niños, niñas y adolescentes.
Como educadores que trabajamos con la infancia considero que debemos partir cualquier tipo de intervención desde el respeto y defensa de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes, los cuales deberán guiar nuestra práctica. La convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, nos indica en su Artículo 13 que se garantizará al niño “que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.” en su punto 1 y que “se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que afecte al niño, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.”
Por tal razón, nos parece de vital importancia a la hora de realizar investigaciones con niños, niñas y adolescentes, la utilización del asentimiento informado, el cual deberá ser objeto de especial atención, asegurando que se le ofrezca de forma clara y adaptado a cada caso en concreto toda la información relativa a la participación que el niño, niña o adolescente realizará en dicha investigación, así como el tratamiento de la información que se desprenda de la misma. A su vez deberá incluir en el mismo la posibilidad de revocación en cualquier momento del proceso.
La utilización del mismo, que no viene condicionada y que en mi opinión deberá ser un paso previo al consentimiento informado de los padres madres o tutores legales, no sólo posibilitará que los niños, niñas y adolescentes ejerzan su derecho a tomar decisiones que le afecten, sino que será una oportunidad para que se impliquen en el proceso y facilite una participación activa en el mismo, sintiéndose parte de la investigación.
Buenas compañeros y compañeras, mi nombre es Cledia. Antes de dar mi opinión sobre esta temática, que sin duda alguna por lo que he podido leer, esta siendo bastante enriquecedora para todos/as, me gustaría daros las gracias por cada una de vuestras aportaciones.
Como docente, pienso que por mucho que nos preparemos una actividad, si el alumnado no está receptivo, esta no tendrá buenos resultados para toda la comunidad de aprendizaje. Y en este debate he comprobado como ha ocurrido todo lo contrario, es decir, aunque conozcamos el término empleado o no, cada uno/a de nosotros/as hemos querido participar y, por lo tanto, hemos añadido un granito de arena, dando como resultado que nuestros conocimientos sean más lucrativos.
Lo primero de todo es que en mi caso si tenía conocimiento sobre el termino consentimiento informado y todo lo que conlleva, debido a que durante mi etapa en la universidad cuando estuve estudiando el grado de Educación Infantil, varios/as docentes en sus respectivas asignaturas, me hicieron ver lo importante que es tener el consentimiento de las familias a la hora de realizar una actividad con sus hijos/as puesto que eran menores como también en mi día a día como docente. Pero tras la lectura de este fragmento, me ha parecido sorprendente como sin darnos cuenta, en algunas ocasiones, no contamos con la aprobación de los/as que realmente están involucrados en la actividad a desarrollar. Y esto me hace ver, lo mucho informados que estamos sobre ciertos temas y lo poco de otros.
No obstante, ahora que conozco en que consiste el asentimiento informado en el futuro quisiera llevarlo a la práctica, pero me ocurre lo siguiente. Soy docente de Educación Infantil, como ya he comentado por lo cual, tengo contacto con niños/as de 0 a 6 años, ¿sería correcto que ellos/as que ellos/as hicieran su asentimiento informado? Mi opinión es afirmativa porque si están interesados/as y/o motivados/as por una actividad darán su visto bueno. Sin embargo algunos estudiantes cuando empiezan el curso tienen solo dos años. En este caso no estoy segura de qué tendría que hacer.
Finalmente, espero que mi comentario os ayude a muchos de vosotros/as, como las vuestras me han hecho ver lo importante que es seguir aprendiendo en grupo.
En la realización de toda investigación en la que participan personas tenemos la obligación de informarles de cuál va a ser su participación, por qué es importante y contar con su consentimiento. Sin embargo, ¿qué pasa cuando los participantes son menores de edad?
A menudo se supone que los niños y las niñas no tienen capacidad de decisión, pues son sus progenitores o tutores legales los que deciden por ellos. Asimismo, me pregunto hasta qué punto no tienen capacidad de decisión o no se les ha ofrecido esta opción. Todas las habilidades y competencias se aprenden y se desarrollan con la práctica. ¿Cómo podemos esperar que los niños y niñas aprendan a decidir si no se les brindan oportunidades? A decidir, se aprende decidiendo.
La toma de decisiones forma parte del día a día de las personas. Mientras que algunas decisiones son más banales, muchas de ellas tienen un impacto en la vida personal, social y laboral, y pueden afectar a otras personas. Las de los niños y niñas también. Cuantas más oportunidades de decisión vivan durante su infancia y adolescencia, más capaces serán de tomar decisiones fundamentadas, de manera empática y respetuosa con ellos mismos y con los demás cuando lleguen a la edad adulta.
En definitiva, el asentimiento informado es una herramienta necesaria para dar voz a la infancia, para ofrecer a los niños y niñas les un espacio seguro donde decidir. Al fin y al cabo, forma parte de los derechos de la infancia y es un paso más para que sean tenidos en cuenta y respetados.
Buenos días, mi nombre es Ariana Moral y, a continuación, expongo mi opinión sobre este tema.
Yo nunca antes había escuchado el término “asentimiento informado” y aunque no he llegado a trabajar con menores todavía sé que siempre dependen de la autorización del padre, madre o tutor/a legal y estoy de acuerdo en que ellos también sean informados puesto que, aunque nosotros los veamos pequeños, algunos tienen una gran capacidad para decidir por ellos mismos y esto nos ayuda a conocer su opinión.
Aunque no pretenda sustituir al consentimiento informado, opino que aquellos niños y niñas que si quieran participar en el estudio del proyecto y los tutores legales no hayan dado su consentimiento, se tenga en cuenta lo que el niño o la niña opina y sirva su opinión para el estudio.
Como he comentado anteriormente, no tengo ninguna experiencia ya que todavía no he trabajado con menores, pero si es algo que tendré en cuenta cuando empiece a trabajar con ellos.
Una vez leídas las opiniones de los demás, he de decir que estoy de acuerdo con la mayoría de compañeros y compañeras que dudan en poner un número a la edad recomendada para empezar a usar el asentimiento informado, es decir, no se debería decir que a partir de, por ejemplo 3 años, es cuando se debería de dar el asentimiento informado, sino que el investigador tenga en cuenta todas las opiniones, ya que cada niño y niña tiene un ritmo diferente aun teniendo la misma edad, y él mismo valore las respuestas y si le sirve para el proyecto.
No hay ninguna idea que destaque con la que esté en desacuerdo, ya que, cada opinión me ayuda a mejorar la mía y “abrir” más mi pensamiento sobre las cosas.
Buenas tardes, gracias por todas las aportaciones que están surgiendo entorno a este debate.
En primer lugar quiero destacar que conocía el concepto de consentimiento informado, ya que durante el desarrollo de esta asignatura me he visto obligado a pedir este consentimiento para la recogida de la información para el estudio cualitativo. Además, hay que tener en cuenta que cuando necesitamos recoger información sobre algún tema de interés, es posible que la persona o personas con las que queramos realizar el estudio, no estén por la labor de participar, ya sea porque el tema no sea de interés o porque realmente no quieran dar su consentimiento para facilitar la información.
Por otro lado, he de admitir que desconocía el término de “asentimiento informado”. Tras la lectura de este artículo, me he dado cuenta de que, como maestro de Educación Primaria, en el ámbito educativo, se realizan en ocasiones pequeñas encuestas o recogidas de información por parte de los alumnos/as para trabajar nuevos temas de interés o incluso para saber la opinión de los niños/as. Es cierto que a priori no parece que este interés por lo que piensen los alumnos/as necesite de un consentimiento informado para poder realizar esta investigación o conocer los intereses del alumnado.
Pero teniendo en cuenta que cuando realizamos una investigación con adultos, previamente pedimos su consentimiento o si realmente quieren formar parte del estudio. Por ello, nos encontramos que con los niños/as, puede ocurrir exactamente lo mismo que con los adultos, pues, también tienen derecho a opinar y a decidir sobre su participación. Con todo esto, me surge una pregunta: ¿Hasta qué punto un niño/a puede decidir o dar su consentimiento para participar en una investigación proporcionando información? Por norma general, un niño/a está dispuesto a colaborar en lo que se le pida, pues los niños siempre actúan de buena fe y podemos contar con ellos. Es cierto que los niños/as, en determinadas ocasiones no son conscientes a la hora de actuar y por lo tanto tenemos que contar con el consentimiento de los padres. Por ejemplo, cuando acudimos al médico y para realizar alguna intervención, por leve que sea, el médico solicita el consentimiento de los padres/madres para poder intervenir. De la misma manera, en nuestro caso como docentes podemos contar con el consentimiento de los padres para contar con la decisión de participar en estudios realizados en el colegio.
En conclusión, estoy de acuerdo con el concepto de asentimiento informado, pues todos/as tenemos el derecho a decidir si queremos formar parte de una investigación o no, independientemente de la edad. Pero también quiero destacar que debemos enseñar a los menores a tomar decisiones por su cuenta, ya que podemos caer en la sobreprotección de los menores si no dejamos que ellos mismos decidan por su cuenta. Por lo tanto, desde el ámbito educativo debemos formar a los alumnos/as a que tomen decisiones por su cuenta y sean más autónomos.
Buenas tardes:
Creo que la cuestión acerca de la importancia del asentimiento informado es algo en lo que todos y todas estamos de acuerdo. Por tanto, considero que el punto más interesante y en el que más podemos aportar es el siguiente: ¿cómo podemos asegurar que se da un asentimiento informado?
Una de las preocupaciones principales que he podido apreciar en la discusión es acerca de la edad de los y las participantes. En el ejemplo propuesto por las compañeras Eva y Lidia (el consentimiento por parte de un niño de 8 meses), creo que no tiene sentido hablar de consentimiento ni asentimiento informado porque estos se basan en la premisa de que el/la participante pueda mostrar su conformidad. Sin embargo, entiendo el problema general que supone la demarcación de una edad concreta es complicado.
En lugar de centrarnos en una fecha, dado que las distintas personas muestran niveles de comprensión y competencias distintas, podría ser interesante encontrar una manera de calcular estas variables. Un ejemplo, que no está libre de controversia, es el test de competencia de Gillick (https://learning.nspcc.org.uk/child-protection-system/gillick-competence-fraser-guidelines).
Por otro lado, además de la edad de quienes participan y la metodología concreta a seguir en el estudio; creo que es fundamental atender también a toda la interacción investigador/a-familia-participante. A este respecto, los resultados del estudio de Dorn, Susman y Fletcher (1995), muestran cómo factores emocionales están en muchas ocasiones más relacionados con la comprensión, que la edad o madurez de los sujetos.
Me encantaría saber qué opináis los demás acerca de este asunto.
Un saludo.
Ref:
Dorn, L. D., Susman, E. J., & Fletcher, J. C. (1995). Informed consent in children and adolescents: age, maturation and psychological state. Journal of adolescent health, 16(3), 185-190.
Hola a todos , antes de nada me presento soy Gema Ruiz y nunca había escuchado el término asentamiento informado .
Con respecto a este asentamiento informado deberiamos de saber a que edad es posible que opinen sobre lo que quieren o no . Entiendo que si se aplica a un adolescente será un modo excelente para saber cuál es su opinión pudiendo aprender mucho se ellos. Además pueden decidir si quieren o no participar en la investigation o proyecto que se vaya a realizar , puesto que si ellos dan su consentimiento la investigación será más eficaz , ya que los sujetos estarán más dispuestos a colaborar.
Mientras que si se trata de un bebé de 1 a 3 años es más complicado que nos expresen si quieren o no participar en una investigación , con lo cual veo correcto pedir el consentimiento de padres o tutores legales.
A modo de conclusión, existen ciertos factores que debemos tener en cuenta a la hora de solicitar un asentamiento informado , algunos de estos factores son la madurez del alumno al que se le pide dicho asentamiento , el nivel del lenguaje y comprensión que posea el alumnado y la edad a la que está orientado la investigación .
Buenas noches a todos y todas,
En primer lugar decir que conocía la idea sobre la que se está debatiendo, pero no el término de “asentimiento informado” como tal. Creo que, como maestra de Educación Infantil, es necesario tanto conocerlo como aplicarlo en investigaciones, porque sí, porque la opinión de los niños y niñas también cuenta.
Actualmente existe una desarmonización en cuanto a la edad del menor para consentir y no se dispone de las herramientas necesarias para evaluar la capacidad de decisión. En numerosas ocasiones hemos escuchado hablar del pensamiento crítico y, personalmente, es una de las cosas que más me recalcaron a lo largo de mis estudios de grado. En base a esto, considero que existe una incongruencia, ya que se pretende desarrollar el pensamiento crítico pero a la vez se piensa que los niños y niñas son demasiado pequeños para decidir por sí mismos. Realmente muchas veces no nos damos cuenta de que privamos a los niños y niñas de decidir por sí solos, de experimentar, de equivocarse, e incluso muchas veces de aprender.
Es más que evidente que hoy en día los niños y niñas están muy sobreprotegidos por sus padres en ciertos temas. En nombre de Johnnie Dent Jr, me gustaría destacar esta frase: “como padres tendemos a sobreproteger; está bien intentar mostrarles todos los aspectos positivos, pero no debemos olvidar que el mundo real tiene dientes”. ¿Y porque simplemente he dicho en ciertos temas? Como monitora de comedor escolar mantengo a diario cierta comunicación con las familias y una de las situaciones más preocupantes y surrealistas que me ha pasado es que una madre me mostrara su enfado porque su hija tenía la camiseta manchada de pintura. ¿Hasta qué punto va a llegar esa sobreprotección de los padres? ¿Beneficia en el desarrollo de los niños y niñas o, por el contrario, perjudica en la adquisición de su autonomía? Me causa cierta indignación que los padres no se den cuenta de que aprender implica experimentar, fracasar, superarse día a día e incluso “mancharse”. A menudo veo por las redes sociales niños y niñas expuestos a millones de personas, por lo que me sugiere una pregunta para esos padres: ¿Por qué se deja a los niños y niñas usar las redes sociales sin ninguna medida de privacidad pero una simple mancha causa tanto revuelo?
Para concluir mi aportación, me gustaría decir que la protección de las familias está bien pero en ciertos momentos se convierte en sobreprotección, causando un impacto negativo en el menor. Es necesario que los padres protejan a los niños y niñas pero deben darse cuenta que los menores tienen que experimentar y descubrir de forma autónoma. Partiendo de esa idea, estoy totalmente de acuerdo con la existencia del asentimiento informado, puesto que considero que debemos dar la oportunidad a los niños y niñas de decidir sobre sus preferencias, sus gustos y tener sus propias opiniones, es decir, sobre su propia vida.
¡Hola!
Mi nombre es Eva Pedrera y voy a plasmar mi opinión sobre el tema propuesto.
En primer lugar, agradecer a mis compañeros su participación, ya que ha sido realmente interesante leer sus opiniones e incluso las experiencias que algunos han tenido investigando.
Yo, por mi parte, nunca antes había escuchado el término “asentimiento informado”; aunque sí que me había planteado en varias ocasiones este tema, puesto que estoy acostumbrada a trabajar con menores, y siempre depende todo de la autorización de sus tutores legales. Me parece una gran idea que, aparte de contar con el consentimiento informado, se utilice el asentimiento para dar voz a los menores.
No obstante, de acuerdo con la idea que ha plasmado mi compañera Lucía: ¿hasta qué punto un niño de, por ejemplo, un año de edad, puede decidir si quiere formar parte de una investigación o no? Es complicado, y como bien dice ella, no podemos dejar de hacer investigaciones con ese grupo de edad por no tener el asentimiento de los niños, ya que las investigaciones son mejora, son futuro. Por lo tanto, considero que habría que poner un filtro para saber en qué casos se puede utilizar el asentimiento informado. Pero, me parece que, por ejemplo, decir: “A partir de los tres años los niños tendrán que firmar el asentimiento informado para poder ser participantes o informantes”, sería un grave error; porque considero que es imposible generalizar una edad en la que los menores tengan la capacidad de decisión, ya que cada uno sigue sus ritmos.
Y ya no solo eso, también, con niños algo más mayores, que ya pueden expresarse sin dificultad, me planteo si de verdad van a decir una cosa diferente de la que dicen sus padres/tutores. En general, la opinión de los menores viene condicionada por la de sus tutores hasta que desarrollan su criterio.
Esto me lleva a otro tema, y es que para que los menores puedan decidir, y hacer un verdadero uso del asentimiento informado, es realmente importante, que desde que son pequeños, les ayudemos a desarrollar su espíritu crítico y la toma de decisiones. Aquí entra el papel de la educación. Como maestra de Educación Primaria, considero que, en vez de enseñar a los alumnos con métodos tradicionales, donde lo importante es que adquieran conocimientos, debemos centrarnos en que aprendan de forma significativa, dándole una verdadera importancia a la toma de decisiones e impulsando su pensamiento crítico.
He de recalcar que estoy completamente de acuerdo con que exista el asentimiento informado, ya que debemos dar a los menores la oportunidad de decidir sobre su propia vida. Pero no hay que olvidar que, si queremos que los menores tomen decisiones, también debemos enseñarles a hacerlo. De nada nos sirve un asentimiento informado si el niño va a guiarse por lo que su padre o madre considera que es mejor para él.
Me gustaría cerrar mi intervención con la idea de que la mejor y única manera de aprender a tomar decisiones es tomándolas. Por eso, hay que ofrecer a los niños una enseñanza que les permita desarrollar su espíritu crítico, donde sus opiniones, ideas y sentimientos tengan un gran peso.
¡Hola!
Me han parecido muy interesantes todas las aportaciones que se han expuesto, así como el texto inicial con el que se da a conocer el término “asentimiento informado” y se inicia el debate.
He de decir que ya conocía dicho término y, sinceramente, considero que es un aspecto que puede generar una gran cantidad de cuestiones e incógnitas que yo mismo me hago. Por otro lado, siendo un poco atrevido, considero que, dentro del campo de la investigación cualitativa, puede llegar a ser más simple de lo que creemos (es una reflexión, si hay alguien que no esté de acuerdo me encantaría que me contestase).
Considero que, cuando hacemos cualquier tipo de investigación con menores, de forma indirecta aplicas el asentimiento informado ya que si el niño o la niña no quiere participar, no participa a pesar de disponer de la autorización de sus familias o tutores legales. Yo mismo he vivido algún momento así.
Por otro lado, estoy totalmente de acuerdo con mis compañeros y compañeras cuando hablan de la sobreprotección que los padres y las madres hacen con sus hijos e hijas. Como bien se comenta, por algún motivo que no logro comprender, ejercen esa sobreprotección de puertas de la casa hacia afuera, sobreprotección frente a los docentes, amigos, vecinos, extraños… pero, en muchos casos y hablo desde mis propias experiencias, nunca ejercen esa sobreprotección sobre ellos y ellas mismas, como padres y madres. Como bien han comentado, se enfadan por una mancha en la camiseta al salir de la escuela, si un niño tira a otro al suelo… pero después vemos a menores en anuncios, en redes, emplean con, por ejemplo, 8 años el Instagram estando expuestos a infinidad de información y contenido que no es adecuado para esas edades, consumo excesivo de televisión, consolas, teléfonos móviles, comida basura y un larguísimo etcétera.
Volviendo a lo anterior, no sabría decir como se podría delimitar el empleo del asentimiento informado, para lo que Alaia ha aportado información interesante, tampoco sabría si una niña o un niño de 6 o 12 años, por ejemplo, sabría reconocer la importancia y los beneficios que puede tener una investigación, entorno a sus propias personas, como para aceptar participar. Nuestros padres, nuestras madres o cualquier otra persona de referencia, para nosotros y nosotras, siempre nos han dado opiniones y consejos al respecto de diferentes cuestiones de nuestras vidas. Tienes que estudiar, tienes que compartir, tienes que ser buen amigo… y no siempre hemos seguido esos consejos.
Lo que vengo a decir es, estando totalmente de acuerdo con Eva Pedrera, es que la raíz de este asunto es la educación, e incluso concretando aún más, nuestra labor como docentes ya que somos nosotros quienes propondremos unas experiencias al alumnado por medio de las cuales el alumnado crecerá como persona.
Pérez Gómez, uno de los autores de referencia en mi formación como docente, afirmaba que la escuela tiene tres funciones: académica, socializadora y educativa. Siendo esta última la fundamental, por medio de la cual el alumnado puede enriquecerse a nivel emocional, a nivel crítico, de tomas de decisiones, etc.
Así es como, en aquellos casos en los que consentimiento informado y el asentimiento informado no funcione adecuadamente se puede remediar, ayudando a formar al alumnado en aquellos aspectos de la personalidad que le permitan tomar sus propias decisiones de forma argumentada y desde una perspectiva crítica.
Aún así, a pesar de esta reflexión, considero que es un tema muy complicado puesto, tal y como se ha expuesto en las aportaciones de mis compañeros y compañeras, existen una gran de incógnitas sobre donde establecer ciertos parámetros en cuanto al asentimiento informado.
¡Qué bueno es aprender cada día algo diferente!
Nunca antes había escuchado hablar nada en relación con el “asentimiento informado” y sí que es cierto que muchas veces me lo he planteado, sobre todo en mis periodos de prácticas del grado de Educación Infantil, además de otras observaciones breves realizadas de manera puntual. Te llegas a formular preguntas como ¿el alumnado qué pensará sobre el hecho de que una persona extraña (la persona que observa e investiga) entre a su aula, a mirar o incluso a participar?, puede haber casos específicos como el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas un Trastorno del Espectro Autista, que quizás no vea tan bien que una persona ajena a su entorno cotidiano intervenga en su rutina diaria. Por eso creo que es fundamental, informar de qué vamos a realizar, durante qué periodo de tiempo o para qué fines hacemos la observación, y aceptar las decisiones que los niños y niñas, centro de la investigación, decidan con total libertad si desean participar o no. En base a los resultados adaptarnos a todas y cada una de las respuestas y dar respuesta así a la diversidad y realidad dentro de un aula.
Ahora bien, me planteo la siguiente pregunta:
¿A partir de qué edad se podría o debería empezar a aplicar el Asentimiento Informado?
Porque estoy totalmente a favor de esta nueva idea, pero… ¿puede un niño o niña de un año o de meses decidir sobre si quiere participar o no en un proyecto de investigación?
Pongamos el ejemplo de que vamos a realizar una investigación acerca de cómo se desarrolla la etapa del gateo en los niños y niñas de entre 8 a 12 meses de edad, en diferentes tipos de suelo y con diferentes formas de estimulación.
Creo que sería muy complejo que un niño o niña de 8 meses te diga si quiere participar o no en esta práctica, de ahí que se recurra a sus padres, madres o tutores/as legales para decidir, se entiende que esta decisión se hace siempre siendo conscientes del riesgo que corren o de los beneficios que esto puede aportar a diferentes estudios e investigaciones. Por eso, si nos reñimos sí o sí al Asentimiento Informado: ¿desaparecerían las investigaciones durante el primer año de vida?, ¿nos beneficiaría o nos perjudicaría como sociedad que tiende siempre a buscar propuestas de mejora?
En conclusión, estoy totalmente de acuerdo con este concepto emergente, pero considero que hay una línea muy fina a la hora de aplicarlo de manera realista, por lo que se tendría que tener en cuenta no solo la edad sino también las características individuales y personales de cada niño o niña.
Añadir además que no conozco ninguna situación en la que se haya aplicado, pero que una vez que se de la existencia de esta opción será propuesta en mis futuras investigaciones.
Buenos días,
Primeramente, me gustaría resaltar la importancia que tiene la realización de este debate acerca del consentimiento y asentimiento informado, con el objetivo de promover la participación infantil, donde se les dé voz a los niños.
La participación de los más jóvenes en la realización de cualquier investigación, es de especial relevancia, puesto que, gracias a ella, se sienten protagonistas de dicha investigación, muestran más interés por el aprendizaje, permite elaborar y desarrollar el razonamiento crítico, siendo un aspecto fundamental para el desarrollo de personas constructivas.
Personalmente, no tenía conocimiento acerca del asentimiento informado y como maestra de Educación Infantil y, además, como madre, considero que tiene especial relevancia en la vida del niño. En muchas ocasiones, los adultos creemos que tenemos derechos sobre ellos y no les dejamos progresar en la sociedad como merecen.
Hoy día, hay mucha sobreprotección, y pretendemos tomar decisiones por los niños, debido al miedo que sentimos por si se equivocan. Sin embargo, esto forma parte del aprendizaje. Es necesario que los más jóvenes se equivoquen, fracasen, se caigan, se levanten, se superen día a día, con el fin de que se enfrenten a una sociedad que está en constante cambio.
El manejo de las redes sociales, desde mi punto de vista, tiene mucho que ver en este tema. Hay muchísimas publicaciones de niños menores, cuyos padres consienten que se muestren al público ciertas situaciones “graciosas” para ellos, sin el consentimiento debido de los mismos. En este sentido, me gustaría resaltar la necesidad de respetar su intimidad, su espacio, no haciendo negocio con ellos. Por lo que, constantemente estamos tomando decisiones que no nos corresponden, es por ello, por lo que considero que aún, queda mucho por trabajar.
Buenas tardes, qué post más interesante y necesario de debatir. ¡Gracias!
Por lo que ya he podido leer de mis compañeros, he observado que todos y todas, por suerte, opinamos igual o muy parecido sobre este tema.
No conocía el término de asentimiento informativo y siendo maestra de infantil me parece preocupante. Si es cierto que esto, estoy segura, que la mayoría de maestros se lo han planteado en algún momento.
Haciendo memoria con respecto a este tema de la investigación, recuerdo que en una de las asignaturas del grado de Infantil realizamos una investigación basada en el desarrollo general del niño y la niña en diferentes edades. Para ello, tuvimos que elaborar un documento de información y consentimiento de los padres o tutores, pero también se nos exigió crear otro documentos, el cual debimos leer ante el niño o niña para que entendiera que íbamos a hacer unos experimentos en forma de juegos. Todo esto tuvimos que grabarlo junto con la última pregunta antes de empezar que era “¿quieres ayudarme a hacer estos experimentos?”
Es cierto que en ese momento no fui consciente de la importancia de esa parte de la investigación, pero ahora reflexiono y pienso que debería ser lo normal, el problemas es que este mundo es un mundo diseñado para adultos por adultos, sin tener en cuenta las necesidades ni opiniones de los menores habiéndose demostrado en muchas ocasiones, que si les prestáramos más atención y escuchásemos su opinión todo sería más sencillo y mejor tanto para ellos, los menores, como para nosotros, los adultos.
Niños ganando más de cinco cifras en TikTok. Niños convertidos en memes virales del WhatsApp. Niños expuestos en posts de Instagram desde el minuto uno de vida. Niños siendo los protagonistas de reels guardados en la sección de “favoritos” de las redes sociales de cientos, de miles de desconocidos. Aunque esto no es nuevo, encontramos niños en anuncios publicitaros, en programas de televisión, en series y películas. Niños a los que, probablemente, nadie les ha preguntado si quieren estar ahí.
¿Actúan todos los padres siempre en beneficio de sus hijos? ¿Dónde está la línea que separa los intereses de los padres de los deseos de los niños? ¿Hasta qué punto es lícito que los adultos se lucren a costa de los menores? ¿No es, hacerles partícipes de una investigación sin su consentimiento, una forma de obtener beneficios a su costa?
Tras leer la entrada y contemplando los diferentes matices que han destacado mis compañeros acerca de la necesidad del asentimiento informado, he recordado todos esos rostros de los hijos de alguien que he visto repetidos en muchas ocasiones, en formatos y en redes diferentes. Una cuestión como esta “¿Basta con el consentimiento (de los padres)?, aparentemente sencilla, tiene diversas tonalidades y es, en realidad, compleja.
A lo largo de los años, los niños se acostumbran a hacer lo que se les pide, unos con más resistencias que otros, y muchas veces, sin comprender por qué lo hacen, qué les aporta a ellos o a otros lo que están haciendo, por qué es bueno o malo llevar a cabo determinadas acciones.
Más tarde, al llegar a la etapa adulta, o al alcanzar una madurez considerable para “tomar sus propias decisiones” se encuentran con el desconcierto de no saber qué hacer, con la posibilidad de cometer errores de los que no conocen el alcance.
Quizá el asentimiento informado sea una buena estrategia para ayudar a los niños a activar su pensamiento crítico, para que contemplen también los matices que se esconden detrás de lo que deciden hacer, o no hacer. Una forma de que entiendan los cambios y las continuidades que puede comportar decantarse por seguir un camino u otro. Las causas y las consecuencias de sus decisiones. La relevancia de su participación en las investigaciones que buscan actuar en su beneficio.
En muchas ocasiones, para actuar en beneficio de la infancia nos faltan unos ingredientes que, por obvios, se nos olvidan. Los propios alumnos. Darles voz, hacerles saber que su opinión es importante, sin duda es más complejo que aceptar sin más el consentimiento de sus padres, pero les debemos eso. Más allá de lo que digan las leyes sobre su capacidad de decisión, ¿no decidimos todos, independientemente de nuestra edad o condición, qué hacer cada día? Desde las decisiones más sencillas, como qué tomar para desayunar, hasta las más complejas que se nos puedan presentar.
Nosotros, como ellos, también nos vemos influidos por nuestras propias emociones al tomar decisiones rápidas, probablemente no decidamos lo mismo estando enfadados que estando alegres. Ellos tampoco. Pero decidir si participar o no en una investigación no tiene por qué ser un proceso rápido. No hay nada de malo en ofrecerles el tiempo y el espacio para que contemplen la posibilidad de participar en esa investigación.
El asentimiento informado puede ser la base para que adquieran estrategias que les permitan tomar las decisiones que necesariamente tendrán que tomar, tanto como niños como en su futuro como adultos. Tener una buena capacidad de decisión y las herramientas para decidir qué opción es la más adecuada en cada momento hará de los adultos del mañana personas más críticas y más libres.
Hola Lara, estoy totalmente de acuerdo con tu opinión, porque este post está basado en el asentimiento informado, es decir, derecho a la información que debemos proporcionar a los menores a la hora de “utilizarlos” para cualquier fin, como es en este caso la investigación, pero también en cualquier situación en el que el menor sea utilizado para que los adultos se lucren, siendo en este caso su opinión o en otros casos un “like”.
Pero, claro que sí, hoy en día no tan solo es necesario informar a los menores en este aspecto; ya que, están siendo utilizados a diario por las personas a las que más le importan, sus familias mediante las redes sociales.
Yo me he preguntado muchas veces, ¿qué sentirán los adolescentes de hoy cuando ven esos vídeos tan “graciosos” que subieron sus padres a las redes sociales cuando tan solo eran unos bebés? Y claro que sí, fue para lucrarse de “likes”.
Todos tenemos fotografías que pedimos a nuestros padres que no enseñen de nuestra infancia, pero esa decisión la hemos tomado de mayores, por tanto, ¿qué solución tienen esos vídeos que como bien dices, están guardados en vídeos favoritos de cientos de desconocidos?
“Asentimiento informado” es un término que no conocía hasta leer el post, sin embargo, lo que ello implica (el acuerdo del menor de participar en algún proceso) es un aspecto que muchos de nosotros nos hemos cuestionado más de una vez, o hemos tenido en cuenta en alguna ocasión (tal vez no relacionada directamente con la investigación).
Aunque los padres/tutores legales den su consentimiento y autoricen la participación del menor en la investigación, no podemos obviar la voluntad del propio menor. No por ser pequeños, son invisibles, como bien dice una compañera en su comentario. Y no porque los padres manifiesten su acuerdo, los menores han de someterse. Participar en un proceso de investigación es un acto voluntario, lo que implica la decisión personal del individuo de ser parte de este proceso e implicarse activamente en él. ¿La falta de un acuerdo expresado, no puede implicar la falta de voluntad? Y esta falta de voluntad tendría como consecuencia una implicación menor y una participación que no fuese la deseada.
Tendemos a pensar que por la edad que tienen y el nivel de desarrollo, carecen de entendimiento y no son capaces de procesar cierta información para poder decidir. Diría que más que de la edad del menor, la comprensión de la información depende de la habilidad del investigador para presentarla y explicarla, adaptar su discurso a la edad y a las circunstancias de cada niño. Si les damos un voto de confianza, los niños nos sorprenden con la capacidad que tienen de razonar y comprender, así como con el deseo que muestran de participar e implicarse en iniciativas para la mejora.
Solicitar su acuerdo antes de participar en una investigación, sea como informante o como participante, es una muestra de respeto hacia la persona y a su dignidad, un valor sin el cual la vida en la sociedad democrática no es posible. Si la ley contempla dotar a los pequeños, a través de la educación, de las competencias y habilidades necesarias para vivir de forma plena en una sociedad democrática, hemos de apostar por vivir esta democracia con ellos, que la experimenten. Por tanto, aquello que predicamos no puede quedar en estado teórico, sino que hemos de llevarlo a la práctica, hacer que conozcan la democracia mientras la viven. Involucrarlos en actos que impliquen tomas de decisiones ayuda a construir el pensamiento crítico tan necesario en la vida y a hacer patente el derecho a la libertad de elección en asuntos que les afecta de forma directa.
Por otro lado, si entienden por qué son importantes en un proceso de investigación y comprenden qué supone investigar y cuáles son los propósitos de este acto, ayudamos a que los adultos de mañana sepan cuán importante es la ciencia y la investigación para generar nuevos conocimientos y evolucionar como sociedad. A que aprendan que hay que cuestionarse las cosas, buscar más allá de la apariencia y no aceptarlas sin más.
El asentimiento se da previa información acerca de la investigación en sí (objetivos, desarrollo, etc) y del rol que va a desempeñar el participante e implica que los resultados de la misma se van a dar a conocer al grupo que hizo posible la investigación. Esto hace que los participantes se sientan protagonistas y no meras herramientas. Participan en un proceso hasta el final, conocen el punto de partida, las metas y los resultados y se sienten protagonistas, verdaderos agentes de cambio. A la vez, el asentimiento implica la posibilidad de retirarse en cualquier momento y dejar de participar si se está incomodo. Es decir, dar su asentimiento no implica una relación de compromiso de participación hasta el final del proceso, sino que la misma libertad de elección se mantiene hasta el final. En la “Guía de orientación ética: el consentimiento informado” (disponible en https://childethics.com/wp-content/uploads/2022/01/ERIC-compendium-ES_Informed_Consent.pdf) se habla del derecho del niño al “disentimiento” (a no participar o a retirarse en cualquier momento), derecho que el investigador ha de defender por encima de los deseos de los padres/tutores (p.3). El asentimiento es, por tanto, un acto renegociable, cuyo valor se apoya en los principios de libertad de elección, de transparencia y de voluntariedad absoluta.
Una vez planteada la necesidad de obtener el asentimiento informado, surgen interrogantes que se pueden presentar como desafíos. Un ejemplo sería: si los adultos expresan su voluntad/rechazo acerca de la participación del menor, ¿no influye esto en la decisión del mismo? ¿En qué orden se han de pedir uno y otro?. Hemos de tener en cuenta que el consentimiento ha de ser, en todo momento, voluntario, expresar la decisión del menor tomada libremente, sin influencias, ni coacciones.
En conclusión, el acto de investigación que implica a menores es una “relación a tres” (investigador-niño-padres/tutores) que obliga a contar con su decisión ante la participación en actos que les afecta. El asentimiento informado ha de ser voluntario, renegociable y resultado de una información previa detallada y clara. Espero que, aunque por ley no se requiera, los investigadores tengamos en cuenta siempre la necesidad de que los niños estén informados y decidan libremente si nos acompañan o no en nuestro camino.
Buenas soy Laura Trujillo Artero, y me gustaría dar mi opinión con respecto al asentimiento informado.
En primer lugar, no estoy familiarizada con este tema pero creo que es un tema interesante porque yo valoro mucho que el niño y niña tenga su propia voz, voto, opinión o consentimiento para acordar cualquier proyecto o investigación. El motivo por el que valoro mucho lo dicho es porque creo que cada persona tiene una identidad propia, una capacidad de decisión siempre teniendo en cuenta la edad y las capacidades de cada individuo pero no dejan de ser válidas por sólo ser menores de edad.
En segundo lugar, no conozco ningún caso de asentimiento informado ya que creo que es mi primera vez conociendo este término. Tampoco sé si se le da mucho uso en la realidad pero si pienso que se debería, siempre con un lenguaje claro y sencillo para que puedan comprenderlo los niños y las niñas.
Para terminar, ya que mi especialidad es de educación infantil, me gustaría aprovechar para destacar la importancia de educar a través de los intereses de los niños y niñas, es fundamental para su motivación y para conseguir un aprendizaje significativo. No sólo el trabajo en el aula con los docentes, sino que también las familias deben de respetar (en la medida de lo posible) las decisiones de los niños y niñas. Por ejemplo, en un proyecto de investigación, podemos anteponer nuestra decisión negativa de que nuestros hijos e hijas no participen debido a que nosotros creemos que no es interesante cuando podría ser muy interesante para ellos y ellas. Y para no caer en este error, ni ponerle frenos a los intereses,decisiones,opiniones del niño/a podemos usar el asentimiento informado, como un derecho de la infancia.
Buenas tardes, sin lugar a dudas, ha sido una publicación que me ha hecho reflexionar mucho porque cuando hablamos de la infancia y, por consiguiente, de menores, parece que queda a un lado su identidad individual y sus derechos de decisión y conocimiento, ya que, por un bien para ellos y ellas, son los mayores quienes toman la iniciativa por ellos. Sin embargo, en este blog se está publicando algo muy diferente, donde se pone el foco en los niños y las niñas para que, de alguna forma, se les reconozca e informe. Yo, personalmente, creo que debería de ser obligatorio incluso el consentimiento de los menores. Es decir, que no solo se consultase a sus madres, padres o personas que tengan su tutela, sino que sean ellas y ellos mismos quienes puedan decir que no, y tan solo si ambas partes están de acuerdo, se continúe con lo planeado. De esta forma, se está actuando tanto ética como legalmente.
Finalmente, me gustaría comentar que en mi propio Trabajo de Fin de Grado realicé una investigación donde no solo participaron maestras y maestros, sino que también el alumnado fue parte importante de este estudio aunque no se les realizó entrevistas. Yo, como investigadora, conté con la aprobación de todos los adultos, pero también expliqué a mi alumnado en qué consistía mi trabajo, para qué lo estaba haciendo y, aunque no formalizamos ningún documento, no solo les informé, sino que también pregunté quiénes querían participar y quiénes no. Por suerte tuve unanimidad, pero de no haber sido así, hubiera respetado la decisión de quien hubiera preferido no participar. Ante todo estamos trabajando con personas, independientemente de la edad que tengan, y debemos de respetar sus deseos, intereses y decisiones.
¡Buenas tardes!
He leído la información y me ha resultado un tema de lo más interesante, y sobre todo novedoso para mi, ya que no he conocido ninguna situación en la que se haya tenido en cuenta la opinión y el asentimiento informado por parte de los menores.
A pesar de no estar muy familiarizada con las investigaciones, me ha resultado de gran interés e importancia el hecho de hacer partícipes a los niños y niñas de manera consciente en el proceso en el cual vayan a participar.
Considero que estoy totalmente de acuerdo con esta práctica, ya que me parece muy importante que los niños tomen sus propias decisiones, teniendo en cuenta los límites lógicos que se deben respetar, ya que pueden suponer un riesgo para su integridad. Además de tomar decisiones en las cuales ellos se sientan o no cómodos con dicho tipo de actividades, este proceso les puede servir como una vía para aumentar su responsabilidad y hacerles partícipes de las decisiones que tengan que ser tomadas en su vida diaria.
Por otra parte, se debe tener en cuenta que dichas decisiones no pongan en riesgo o afecten a la vida de los menores, por ello, creo también necesaria y obligatoria la opción de que las madres/padres o tutores legales den, o no, su aprobación para dichos estudios u otros aspectos en los que los menores tomen parte.
Para que esto sea posible, y sean partícipes tanto los adultos como los menores, se deberían hacer dos tipos distintos de cuestionarios adecuados a la edad y al nivel madurativo de entendimiento con el que cuentan los participantes. Adecuando el vocabulario y la manera de explicar el proceso que se va a realizar.
Estimadas compañeras y compañeros, a continuación, procedo a compartir con vosotros mi opinión, y punto de vista del tema a debatir. Espero que sea de vuestro agrado.
Para comenzar, me gustaría detallar que me había planteado con anterioridad este debate a mí misma, ya que nunca me ha parecido un tema sencillo, pero sí muy interesante.
El consentimiento, sin lugar a dudas es algo fundamental para poder llevar a cabo una investigación, ya que permite que la persona colaboradora se sienta en armonía con nuestro estudio. Pero, como ya hemos leído en la entrada del blog, este tema se complica cuando se trata de menores.
Cuando somos adultos, somos responsables de nosotros mismos y de nuestra toma de decisiones, independientemente de si son positivas o negativas para nuestra persona. Sin embargo, al tratarse de menores, la ley y la sociedad consideran que debe ser el adulto que posea su custodia, o, de igual manera, un adulto autorizado por el padre/madre/tutor legal, quien tome las decisiones personales del menor, y aquí es cuando nos tenemos que plantear: ¿Esto es realmente justo?, ¿Realmente las decisiones que toma el adulto concuerdan con el deseo y el bienestar del menor?, ¿Deberíamos contar con el consentimiento del niño/a para tomar decisiones?
En cuanto a la primera cuestión, la respuesta es dudosa, ya que, es evidente que un menor de edad, con poco recorrido y poca experiencia en la vida, no va a ser capaz de tomar ciertas decisiones importantes, o decisivas para su desarrollo con total autonomía, ya que, como he mencionado, el desconocimiento lo limita. No obstante, para la toma de decisiones que respectan a temas más sencillos como la ropa que se va a poner, lo que quiere comer, o, si quiere o no participar en un estudio, considero que un niño/a, es totalmente consciente para la toma de dicha decisión.
En muchas ocasiones, los adultos creemos saber que es lo mejor para los menores a nuestro cargo, y, por muy difícil de aceptar que sea esto, no siempre es así. Si como personas adultas no nos gustaría que alguien tomate todas las decisiones que respectan a nuestra vida, desde lo más sencillo, como, por ejemplo, el menú del día, la hora a la que nos duchamos, el olor de nuestro perfume, o el color con el que escribimos, hasta las más complejas, como serían nuestra profesión, o si debemos o no comprarnos un coche, ¿por qué tenemos que decidirlo nosotros por los más pequeños?
Considero que lo más justo, y a su vez lo más positivo para el correcto desarrollo y fomento de la autonomía personal del niño/a es permitirle tomar decisiones que no afecten a su seguridad, ya que esto les va a ayudar a ser más independientes y a crear su propio camino.
Por lo tanto, y centrándonos en el término del “consentimiento”, creo que este es imprescindible, tanto en el ámbito educativo, como en el personal o doméstico, y, a continuación, me gustaría exponer un caso personal para analizarlo con mejor perspectiva.
Cuando tenía 10 años, en mi centro educativo se realizó un estudio en el que se medía el C.I de los alumnos, y, se analizaba su ADN para comprobar si existían similitudes entre los alumnos con mayor coeficiente intelectual. Yo participé en este estudio, ya que mis padres firmaron un consentimiento en el que se me permitía participar.
Analizando la situación desde mi perspectiva actual, no estoy segura de si participaría, ya que considero que exponer el ADN de un niño/a es algo demasiado íntimo, y, los exámenes a los que nos sometían duraban varias horas y se distribuyeron en diferentes días.
A la conclusión que quiero llegar con esto mismo, es que si me hubiesen preguntado si yo quería ser partícipe del estudio y explicado lo que su ponía, es probable que no hubiese dado mi consentimiento.
Para finalizar, me gustaría decir que a pesar de que el asentimiento no sea algo obligatorio actualmente, se trata de una oportunidad esencial para poder incluir a los menores en la toma de decisiones que afectan a su vida personal, fomentando así su autonomía. Además, otro gran motivo para usar el asentimiento, es el valor ético que representa. Debido a esto, es de gran interés considerar a los menores como individuos capaces de decidir, teniendo en cuenta su edad, madurez y capacidad de comprensión de los proyectos que se le explican.
A pesar de no conocer ningún caso en el que se aplique el asentimiento, considero que es imprescindible y un gran avance social.
¡Buenas a todos!
En primer lugar, me gustaría resaltar que me resulta un debate muy interesante, ya que a pesar de que la gran mayoría de nosotros hemos tenido o tenemos contacto con menores y nos hayamos planteado hasta qué punto pueden o no dar su consentimiento, lo cierto es que muchos de nosotros ni siquiera conocía el concepto “Asentimiento informado”.
Me siento totalmente de acuerdo con su puesta en práctica y lo considero de vital importancia, ya que, en el caso de los adultos, sin el consentimiento informado no solo no es posible participar de manera legal en una investigación, si no que sin él tampoco tendrían acceso a la información sobre los temas de investigación, intenciones, objetivos, condiciones de participación, etc., las cuales pueden aceptar o no.
Personalmente opino que privar al niño de un asentimiento informado, no solamente invalida su decisión sobre si participar o no, asimismo se le deniega el acceso a la información sobre las condiciones de participación y tema de la investigación, entre otros datos relevantes para decidir si la interesa o no involucrarse en ella.
No obstante, también debemos tener en cuenta hasta qué punto pueden estar los niños preparados o no para tomar una decisión reflexionada sobre su participación e implicación en estudios que, muy posiblemente, se encuentren dirigidos a explicar, comprender, etc., conceptos que probablemente no conozcan ni entiendan. Siento que la explicación del adulto podría quedarse corta o incluso influir sobre la decisión del menor simplemente por el vocabulario, la manera que utilice para transmitirlo o la persona que hable con el niño al respecto.
Como conclusión decir que, para mí, el asentimiento informado es una herramienta muy positiva que da al niño la oportunidad de decidir e informarse sobre su participación. En mi opinión, debería ser obligatorio su uso para todas aquellas investigaciones que requieran de la participación o información aportada por menores. Sin embargo, considero que muchos niños, especialmente aquellos que sean demasiado pequeños como para leer o que presenten algún tipo de necesidad específica de apoyo educativo, siguen sin poder beneficiarse de todo lo positivo que esta herramienta aporta. Por ello, aunque es un paso muy importante, considero que sigue quedando trabajo por hacer para obtener de manera realista y eficaz el consentimiento de todos los menores.
Buenas tardes,
Muchas gracias por plantear este debate ya que considero que es una parte indispensable de cualquier profesional que realice cualquier tipo de acción o intervención con un grupo de personas.
Considero, como han comentado muchos y muchas de mis compañeras, que el conflicto de este debate se genera por el adultismo latente en la sociedad. Sabiendo que el adultocentrismo es definido como la posición de superioridad en la persona adulta y una posición de sumisión en la persona joven, se conoce así, el adultismo como la acción que promueve y perpetua esa situación de desigualdad.
Lo que pretendo argumentar con esta introducción, es que sin duda un consentimiento informado es una herramienta esencial para el desarrollo de cualquier tipo de intervención con otra persona, en el caso de la persona sea adulta, es sencillo, se le proporciona un documento de estas características y fin.
Sin embargo, al ser menor de edad, el consentimiento informado debe ser un documento más intuitivo y adaptado, como algunos que se utilizan en la actualidad, para poder establecer unas líneas con esa persona menor, siendo esto el asentimiento informado.
Buenas a todos y a todas y enhorabuena por las aportaciones tan valiosas que están surgiendo en torno a este interesante artículo.
En primer lugar ,mencionar, al igual que mis compañeros y compañeras, mi desconocimiento por este término de asentimiento informado.
Pese a llevar más de 20 años dentro de la docencia, en un colegio público y, realizando múltiples tareas de investigación de cara a favorecer la labor educativa ( participación en actuaciones educativas de éxito en comunidades de aprendizaje, desarrollo de metodología ABN para aprendizaje de matemáticas y cursos de formación al profesorado en torno a dicha metodología,con vídeos realizados con el alumnado bajo el consentimiento familiar), he de reconocer que nunca había considerado la necesidad primordial de contar con la aprobación formal de los aprendices, máximos exponentes en cualquier tarea educativa, ya sea esta de intervención, evaluación o investigación.
Cierto es que las actividades propuestas en el quehacer diario con mis alumnos y alumnas , sobre todo aquellas con carácter más novedoso e innovador, las suelo acompañar de una serie de explicaciones orales, de cara a favorecer una mayor participación e implicación del alumnado, evitando forzar la participación de alumnos y alumnas que no se sienten cómodos expresando abiertamente sus gustos y preferencias, o siendo fotografiados o grabados en vídeo , por el mero hecho de que sus familias hayan dado el consentimiento a participar en todas actividades propuestas en el centro educativo. En este sentido,siempre he favorecido la posibilidad de elección de tareas y la evaluación de estas por el alumnado, otorgándoles un papel activo en la enseñanza, pero sin incidir muy profundamente en cuáles eran los objetivos de investigación y de mejora de la práctica educativa que me surgían como maestra ,y cuál era el papel que ellos y ellas tenían en los mismos.
Como decía una compañera en el presente debate: “ Ser menor no quiere decir ser invisible”. Los niños menores tienen derecho a tomar sus decisiones y a que sean tenidas en cuenta. Una sociedad en constante evolución que precisa del desarrollo del pensamiento crítico y autónomo, requiere dar cabida a este desde la infancia.
Ahora bien, este asentimiento informado del menor, que nace como un requisito indispensable, que les hace partícipes activos en nuestros procesos de investigación educativa, requiere de unos procesos formativos. Debemos adecuar la información otorgada al menor a sus capacidades lingüísticas, cognitivas y madurativas por edad y/ o características personales, asegurando en todo momento que el /la menor entienda qué se espera de él/ella, el grado de implicación que supone, así como sus repercusiones más inmediatas. En este sentido, si no podemos asegurar la elección voluntaria del /la menor en el proceso de investigación, por falta de comprensión hacia la tarea propuesta, debemos evitar su exposición. Debemos esperar el momento adecuado para poder realizar nuestras investigaciones , desde la elección voluntaria y consciente de los participantes.
Hola a todos y todas las que estáis participando en este debate. Quisiera agradecer en primer lugar las aportaciones que se han ido haciendo, pues he podido reflexionar, aprender y enriquecerme con cada una de ellas. Igual que muchas de las compañeras, conocía la idea sobre la que aquí estamos debatiendo, pero no la etiqueta de “asentimiento informado”. Comenzaré mi aportación en este blog respondiendo a la pregunta “¿conocéis alguna experiencia en la que se haya facilitado el asentimiento informado?”.
En los pasados dos cursos académicos he trabajado en un proyecto intergeneracional con adolescentes y personas mayores de 60 años. Si bien este proyecto tenía un claro propósito de aprendizaje, también contaba con una parte de investigación. Este proyecto tenía tres fases. La participación del alumnado adolescente en la primera era decisión del centro educativo, como una actividad de educación formal obligatoria dentro del aula en horario lectivo. Tanto alumnado como familias contaban con toda la información sobre el proyecto. La segunda y tercera fase eran voluntarias, y es aquí donde cabe hablar del asentimiento informado. Lo que hacíamos en primer lugar era informar al alumnado sobre las siguientes fases y lo que se esperaba de ellos, y entonces tomaban la decisión de continuar o no participando en el proyecto, dejándolo reflejado por escrito. Posteriormente, se contactaba con las familias de aquel alumnado que decidía voluntariamente continuar para informarle de la actividad y obtener el consentimiento informado. Por tanto, la primera palabra la tenían los y las adolescentes, y la última la tenían sus familias, logrando así – en mi opinión – el equilibrio entre autonomía y protección del menor.
Además, en esta experiencia los adolescentes expresaban con confianza su percepción como menores en la sociedad, como parte del trabajo que hacíamos sobre el edadismo. Así, en repetidas ocasiones manifestaban su extrañeza por el hecho de que desde el proyecto se consideraran siempre sus opiniones, y expresaban no estar acostumbrados a que la sociedad se las pidiera y/o las tuviera en cuenta. Esto enlaza con las reflexiones aportadas en muchos de los mensajes de este debate.
Desde mi punto de vista, no contar con la opinión de los menores en investigaciones o proyectos en los que son protagonistas responde a la visión adultocéntrica de la sociedad actual. Una sociedad que considera a los menores como personas en construcción, como algo incompleto sin capacidad de decisión y sin una visión clara de la realidad actual. Los menores viven en el presente, no en el futuro, y tienen derecho a conocer los procesos de los que forman parte. Cabría reflexionar sobre quién tiene la decisión última de participación de los menores, pero el hecho de dar a conocer el proceso y pedir su opinión (sea o no vinculante) creo que no es discutible. Lógicamente, como ya se ha señalado, la información debe adaptarse al nivel psicoevolutivo y madurativo de cada persona.
Por otra parte, como se comentaba también en múltiples comentarios previos, este “asentimiento informado” va a facilitar la implicación y colaboración de los menores en la investigación. Solo si se les informa adecuadamente del proceso, lo comprenden, y se cuenta con su opinión, lo asumirán como protagonistas de este. Lo desconocido provoca reticencias. Y esto no es porque sean menores, esto es porque son personas: todas las personas estaremos más abiertas a participar en un proceso si conocemos en qué va a consistir y qué se espera en él de nosotras. Esta idea la puedo ejemplificar también con la experiencia anteriormente presentada, pues llama la atención el aumento de la motivación, implicación y compromiso del grupo con el proyecto en la segunda fase respecto a la primera.
Espero que mi aportación sea enriquecedora, igual que las vuestras lo han sido para mí.
Buenas tardes.
Abro una nueva entrada para realizar mi reflexión sobre el tema propuesto en esta asignatura.
En primer lugar, destacar que esta temática me resulta muy atractiva ya que creo que su conocimiento y aplicación en el aula puede resultar muy beneficiosa y mejorar de forma radical nuestra práctica educativa.
Como maestra interina, he tenido la oportunidad de realizar diferentes investigaciones con mi alumnado y en ninguno de los centros educativos en los que he trabajado se ha hablado nunca del ”asentimiento informado”. Ahora bien, sí hemos tenido un contacto directo con las familias del alumnado a la hora de realizar cualquier investigación, donde nos han dado el consentimiento necesario (”consentimiento informado”) para poder llevar a cabo esta práctica.
Me resulta muy llamativa esta nueva propuesta de ”asentimiento informado”, ya que si bien no la conocía, siempre he sido partidaria de informar a mis alumnos y alumnas de las investigaciones que he llevado a cabo en el aula, de su importancia, su finalidad y he intentado potenciar su participación activa y consciente en la misma.
En mi opinión, un buen maestro debe siempre explicar los porqués de los procedimientos didácticos que se llevan a cabo en el aula para evitar los automatismos y para conseguir que los discentes tengan más interés hacia las temáticas planteadas y se despierte su motivación por aprender. Los discentes deben comprender la razón por la que se estudian ciertos temas, su importancia y aplicación práctica en su día a día.
Por otro lado, este tema está muy relacionado con la tendencia a la exposición de niños y niñas en internet, ya sea en plataformas de streaming o vídeo. Si bien en ocasiones las familias que realizan dichos vídeos sobre sus hijos e hijas han explicado a su audiencia que sus niños están conformes con estas grabaciones, me pregunto: ¿Hasta qué punto estos niños son conscientes de su exposición en internet?, ¿Tienen la suficiente capacidad para entender la repercusión de estos vídeos y para decidir exponerse o no de esta forma?
Espero que esta reflexión os haya resultado interesante.
¡Buenas a todos!
En primer lugar, yo tampoco sabía lo que era el asentimiento informado, algo que pienso que como docentes, deberíamos conocer durante todo el proceso del grado, ya que es igual de importante que el consentimiento informado, y no porque sea relacionado directamente con niños hay que dejarlo pasar, sino al contrario, que pienso que debería ser justo el primer documento en cualquier investigación o proyecto que presentar a los niños, y después de tomar ellos mismos sus decisiones, proceder a informar con el consentimiento informativo a los padres.
En segundo lugar, como les ha pasado a algunos de mis compañeros, yo también acudí durante la carrera a un centro educativo a realizar una encuesta para un trabajo de investigación en el cual sí que hubo un consentimiento informado hacia los padres pero no hubo un asentimiento informado hacia el alumnado ya que en ese momento lo desconocía pero si en algún momento de mi vida volviera a pasarme otra situación igual, si que tomaría en cuenta el asentimiento informado ya que con quienes realmente trabajamos son con los alumnos.
Como conclusión, pienso que al igual que algunos compañeros, los niños son los protagonistas y debemos primeramente volcarnos en ellos, en conocer sus opiniones y sus gustos, si quieren o no acceder a cualquier encuesta o investigación donde son ellos los que intervienen directamente, aunque sean los padres quienes den su consentimiento para proceder a recoger esos datos por la presente ley pero también pienso que los padres deberían pensar en sus hijos, bien quieran o no esos niños participar en la recogida de datos, y para ello son también los padres quienes deben hablar primeramente con ellos, explicarles el asunto y finalmente, dar su consentimiento en función de la opinión del hijo.
Buenas tardes a todos y a todas.
Tras leer y reflexionar sobre la entrada del blog y los comentarios de los compañeros, me gustaría participar también en este debate.
En primer lugar, la reflexión planteada me ha parecido muy interesante, pues la importancia del consentimiento de los niños y niñas es un asunto que me he planteado en determinadas ocasiones.
Bajo mi punto de vista, considero que obtener el consentimiento por parte de los niños y niñas para participar en cualquier investigación o estudio es una señal de respeto tanto a su capacidad de decisión como a su dignidad personal. Pues, si bien es cierto que por normal general los padres, madres y/o tutores legales desarrollan una tarea de protección, cuidado y seguridad, en casos determinados podrían hacer uso de este poder en contra del interés y amparo del menor.
En segundo lugar, opino que en el proceso del asentimiento informado se deben tener en cuenta las características evolutivas del niño, así como su contexto para asegurar que los niños y niñas están completamente informados/as sobre el objetivo de la investigación, así como sobre sus posibles riesgos y limitaciones. Esto implica, por tanto, que todos los niños y niñas reciban una información adecuada a su edad y competencias, es decir, será imprescindible que en determinadas situaciones relacionadas con la edad y/o desarrollo (psicológico, lingüístico, motor y social) la información se adapte a sus características. Por poner un ejemplo, en el caso de aquellos niños y niñas analfabetos, el menor o la menor deberá seleccionar a una persona imparcial, que no esté relacionada con la investigación, para la explicación de su participación, así como para su posterior firma y consentimiento.
En definitiva, considero que el proceso de asentimiento informado es un derecho fundamental de todos los niños y niñas en cualquier investigación.
Buenas tardes a todos los compañeros que estáis participando en los comentarios de este blog, me parece una herramienta muy interesante para poner en común nuestras ideas y poder conocer así las opiniones del resto de compañeros.
Como punto de partida, y por lo que he podido comprobar tras las distintas aportaciones, somos muchos los que desconocíamos el tema del asentimiento informado, a pesar de trabajar en el ámbito de la educación y de haber realizado varios estudios con menores.
En mi caso, siempre se les ha planteado como una actividad más en la que debían participar, informándoles brevemente del propósito del estudio, sin embargo soy consciente de la necesidad de hacerlos partícipes de este proceso, teniendo en cuenta su decisión de participación y formando así personas reflexivas, informadas e instruidas y críticas, fomentando su autonomía.
Se trata, en otras palabras, de dar al niño el valor que tiene, como protagonista de nuestra investigación. Para ello, creo necesario exponer la intencionalidad del estudio y darles a conocer los pasos a seguir, para que puedan decidir si realmente están o no interesados en participar, sin embargo, y en la línea de lo que comenta la compañera María del Prado Polo García, puedo llegar a comprender que existe un debate en cuanto a cuál es la edad en la que los niños pueden decidir por ellos mismos, sabiendo lo que les beneficia, ya que según la legislación, no será hasta los 14 años cuando puedan ser responsables de su privacidad.
En este sentido, y desde el desconocimiento, planteo la siguiente pregunta, ¿desde qué edad se plantea el asentimiento informado, en el que los niños puedan decidir libremente su participación?
Lamentablemente, esto es así no solo en este ámbito, ya que como bien se ha comentado anteriormente en este debate, la sobreexposición en redes sociales por parte de los padres es algo en lo que los menores no pueden decidir.
Algunas redes sociales prohíben su uso y cierran cuentas a menores de 14 años, sin embargo no se prohíbe a los padres subir contenido de los menores sin el consentimiento de éstos, entendiendo que los progenitores se hacen responsables del contenido que puedan subir, pero sin ser conocedores de dónde puede llegar y para qué puede ser utilizado.
Buenos días a todos.
Después de leer la entrada del blog y los comentarios de mis compañeros hay varios puntos que me gustaría comentar ya que me parecen de bastante interés.
En primer lugar, me gustaría destacar que al igual que la mayoría de mis compañeros, nunca había escuchado hablar sobre el ‘asentamiento informativo’. Me sorprende y me entristece en ambos puntos, ya que en ningún momento de la carrera nos informaron de la existencia de dicho documento, y durante varios puntos de la misma, fuimos a colegios a realizar encuestas, actividades y fotografías para investigaciones y puestas en común en la universidad, y únicamente se les pasaba la circular a los padres, en ningún momento se contaba con el consentimiento de los alumnos.
Considero que es de vital importancia saber qué opinan los niños al respecto en todo momento, ya que se trata de su privacidad y de su opinión que se va a ver reflejada públicamente. Se podría explicar a los alumnos de forma clara qué se va a hacer con las actividades, fotos y demás, y que sean ellos los encargados de responder.
Como bien comentan algunos de mis compañeros, los padres son casi siempre los únicos responsables sobre las decisiones de la vida de sus hijos. Estamos acostumbrados a ver en redes sociales una constante exposición de los niños, y en la mayoría de los casos se trata de publicaciones dentro de las cuentas de los propios padres. ¿Hasta qué punto es legítimo? Me refiero, ¿se pregunta antes a los niños si quieren salir en las redes sociales? ¿son los niños conscientes de cuánta gente les ve? ¿de qué comentarios reciben esos post? Me imagino que habrá casos en los que sí, pero me atrevo a afirmar que en la mayoría de los casos los niños no son preguntados y que ni si quiera son conscientes de ello.
Esto en mi pensamiento supone un problema, yo misma observo casi a diario en cuentas de Instragram, Youtube, Tiktok, niños en situaciones cotidianas dentro de su entorno familiar, y por ende, estas publicaciones están al alcance de todo el mundo.
Creo que es necesario poner a los niños en contexto, explicarles qué es una red social, quiénes van a ver la publicación, los comentarios, etc… y por supuesto, si se puede reducir la exposición de los menoes sería en mi opinión lo ideal. Ellos siendo tan pequeños no conocen los riesgos que conlleva y la magnitud de lo mismo. Cuando tengan conciencia podrán elegir libremente y postear lo que ellos consideren.
Relacionado con la sobre exposición de las redes, se encuentra el debate que plantea el post. ¿Son verdaderamente los alumnos concisntes de por qué se hace una investigación y qué fin tiene la misma?
Con preguntar sólo a los padres no basta, ya que a quienes nos estamos dirigendo para plantear preguntas y observar es a los niños, no a los progenitores. Hay padres que se pueden oponer a que sus hijos participen en una dinámica por determinadas convicciones sociales cuando los niños sí que quieren colaborar en ella, y viceversa; hay padres que obligan a sus hijos a que trabajen en todas las actividades y observaciones y a lo mejor ellos no se encuentran cómodos.
Concluyendo, estoy de acuerdo con que se implimente en los colegios el ‘asentamiento informativo’, y en mi caso particular, la próxima vez que realice una investigación en un aula que requiera un formulario específico o la toma de fotos a nuestros alumnos, lo tendré en cuenta.
Buenos días a todos y a todas los que estáis participando en este agradable debate.
Al igual que muchos/as de mis compañeros/as quiero destacar que desconocía la definición de asentimiento informado, conociendo únicamente la documentación a rellenar por los padres, madres y/o tutores legales.
En primer lugar, quiero hacer referencia a lo que dicta la ley en cuanto a la privacidad de los menores, puesto que no los hace responsables hasta los 14 años, dejando hasta entonces toda la potestad a sus mayores. No obstante, entiendo los diferentes puntos de vista ya planteados que proponen dar mayor responsabilidad y protagonismo a los pequeños puesto que, de otra manera, no se les estaría dejando ser libres ni desarrollar su personalidad de manera completa.
A pesar de que comparto muchas de las opiniones que ya se han expresado, me resulta interesante aportar algunos aspectos negativos que podría tener la entrada en vigor de este documento y sobre los cuales os invito a reflexionar y a debatir. Como docentes conocemos que no todos los menores son igual de maduros ni tienen su carácter tan formado como para decidir libremente sin dejarse influenciar por amigos o compañeros que, a su vez, tampoco pueden saber realmente lo que es mejor para ellos dada su corta edad. Muchas veces, incluso, podría darse que el alumno, en un acto de inmadurez, esté enfadado o que no le apetezca colaborar por estar cansado, sin pararse a pensar en lo necesaria que es su aportación.
Otro aspecto a tener en cuenta es el desconocimiento de los niños y niñas acerca de lo que es la investigación y de los pasos que es necesario seguir, por lo que la decisión que tomen puede verse sesgada por poseer una información incompleta.
Por todo ello, considero que el punto óptimo de equilibrio estaría en el compromiso de las familias de contar a sus hijos e hijas la temática de la investigación y consensuarlo para tomar una decisión de manera común en la que ambas partes estén de acuerdo y evitando que toda la responsabilidad recaiga sobre los más pequeños, los cuales pueden verse sobrepasados por la situación.
Hola a todos y todas los que os habéis unido al debate.
En primer lugar, y dando respuesta a las preguntas que se plantean en la propia entrada, considero que el uso del asentimiento informado es una práctica adecuada y respetuosa con los derechos de los niños y niñas, por lo que el uso, cada vez más asiduo del mismo me parece beneficioso, adecuado y más que correcto. Sobre todo, porque en muchas ocasiones los padres, madres o tutores legales pueden llegar a autorizar a sus hijos/as a participar en investigaciones o actividades sin antes preguntarles si les importa o molesta (adecuando la información sobre la actividad a la edad y comprensión del menor o la menor). Por lo tanto, para evitar que esto suceda considero, al igual que la inmensa mayoría de los comentarios que he leído de otros/as compañeros/as que el uso del asentimiento informado debería extenderse, viendo cuál es el objetivo principal del documento y el beneficio que aporta a niñas y niños. Sin embargo, y a pesar de ser maestra de Educación Infantil (recientemente graduada), nunca había escuchado hablar ni leído sobre el tema, ni siquiera en la carrera, en las prácticas o preparando la oposición, siendo todos estos lugares supuestamente actualizados y tildados como innovadores en muchas ocasiones.
En segundo lugar, y uniéndome al debate planteado por Mª Josefa Gómez Ruíz, que me parece que plantea una cuestión relevante, no solo por su temática, sino por la actualidad que refleja. En mi opinión hay una línea muy fina dividiendo la zona segura de la peligrosa en estos casos. Y es que, es evidente que todos los avances y conocimientos ligados a aspectos como el desarrollo infantil, su psicología… se los debemos a investigaciones en las que en términos actuales puede que no se respetasen al 100% los derechos de la infancia, por ejemplo, que no fuesen todo lo respetuosos que hoy en día tratamos de ser, etc. Por lo tanto, en el lado bueno del uso de niños y niñas para realizar ciertas investigaciones podríamos ubicar todo aquello que actualmente se realiza con respeto, con sumo cuidado y con un único motivo: conseguir avances e información que nos permitan mejorar las situaciones a las que los más pequeños/as se enfrentan. Sin embargo, tras esa línea fina, muchas veces invisible en ojos de padres, madres y de la sociedad, está la sobreexposición y el desconocimiento de los menores en lugares tan inseguros como las redes sociales, por ejemplo. ¿Cuántos de nosotros/as no seguimos en Instagram o en Facebook a multitud de colegios? y ¿con qué fin lo hacemos? Es evidente que desde los centros piden permiso a las familias para que sus hijas e hijos salgan en las redes o el blog del centro, al igual que si participan en una investigación. Pero cuando el centro publica fotografías de los alumnos y alumnas celebrando el día contra la violencia de género o un resumen del festival de navidad/invierno ¿Quién tiene acceso a ello? ¿Son capaces las niñas y niños de imaginarse lo que ocurre? Este es un tema, evidentemente amplio y sobre el que se podría debatir largo y tendido. Pero como docente considero que deberíamos ser cautelosos y más aún en una era en la que buscamos tanto proteger los derechos de todas las personas, y en especial los de las más pequeñas. Es por eso que en lo personal y profesional considero que niños y niñas deben permanecer anónimos en investigaciones, participar solo en aquellas que no pongan en riesgo su desarrollo (observaciones, debates, entrevistas… todo ello con un asentimiento informado y muy trabajado previamente en el aula, y por supuesto con la autorización debida de las familias), y desde luego en las redes sociales e internet, dejando que sean ellos y ellas quienes publiquen su primera imagen en ellas, conozcan el lado bueno y el malo, e incluso que reflexionen, se arrepientan de aquella foto con amigos haciendo el tonto una tarde, del vídeo de una fiesta… Pues como se suele decir existe una edad para todo, y aunque puede que se haya normalizado el avergonzarse porque un día tu familia creyó gracioso subir tu foto el día que te untaste la cara con yogur cuando apenas sabías llevar la cuchara a la boca sin antes restregártela por toda la cara, estamos ante situaciones que las generaciones previas no habían vivido nunca, y por lo tanto, tampoco ha habido tiempo suficiente a realizar estudios sobre ello. Dejemos entonces que la infancia se mantenga como una etapa de disfrute, de aprendizaje, de experimentación, de juegos… y no la convirtamos en algo que exhibir o de lo que presumir en el mundo de las apariencias.
En definitiva, el asentimiento informado nace como algo necesario y de utilidad para nuestros menores, pero no debemos conformarnos con ello, nuestra sociedad cambia más rápido de lo que somos capaces a asimilar y en ese proceso de cambio no podemos permitir que quienes sufran las consecuencias negativas sean quienes formarán la sociedad del futuro.
Hola a todos y todas los que estáis participando en este debate y compartiendo de forma altruista vuestras experiencias y conocimientos al respecto con todos nosotros.
En cuanto a la temática planteada, en primer lugar debo decir que, al igual que muchos de mis compañeros/as, desconocía por completo la posibilidad de emplear un documento como el asentimiento informado para considerar la voz de los menores y otorgar validez y visibilidad a algo tan básico como es el derecho a decidir.
Sin embargo, y con objeto de no redundar en la idea que prima a lo largo del debate (y con la que estoy plenamente de acuerdo) de valorar positivamente este recurso; me gustaría, si me lo permitís, derivar esta cuestión ética de tener en cuenta la opinión de los menores a la hora de involucrarlos en experiencias o proyectos que puedan vulnerar su intimidad, a otros ámbitos diferentes de la investigación socioeducativa y que considero más controvertidos.
Así pues, la primera pregunta que me planteo al respecto es: ¿hasta qué punto son los menores conscientes de la autorización que están dando?; ¿es suficiente el “carnet de padre/madre” para autoproclamarse con el derecho de exponer la privacidad de los hijos y quebrantar una voluntad no consultada?; ¿deberían los administradores de las diferentes redes sociales limitar/sancionar las publicaciones de las cuentas que se lucran debido a la exposición de los menores?
Son numeras las ocasiones que me he encontrado con vídeos en los que se gastan bromas de mal gusto a los niños/as para ganar likes a costa de su sufrimiento o, incluso, grabaciones en los que el menor expresa de forma explícita su desacuerdo con la exhibición sin ser escuchado; por no hablar de aquellos que ni siquiera alcanzan la edad escolar y que viven inmersos en el objetivo de una cámara.
Es cierto que la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en su artículo 7.1, establece que los menores, a partir de los 14 años, serán los encargados de gestionar su privacidad, ¿pero qué pasa hasta entonces? Que muchos de esos padres/madres bajo mi parecer, irresponsables, serán los mismos que deban firmar el consentimiento informado para tramitar cualquier otra gestión que tenga que ver con sus hijos y decidir por ellos anulando cualquier ápice de voluntad porque… “para eso son suyos”, ¿no? Ser para terminar no siendo, en definitiva, tú mismo.
Después de la lectura de esta entrada y de los comentarios de los compañeros/as, primeramente, destacar que anteriormente nunca me había llegado a plantear está cuestión de sí los menores deben también de tomar decisiones y ser informados cuando van a participar en una investigación, porque no conocía que existía el asentimiento informado.
Pensaba que eran los padres/madres o tutores legales los que autorizaban o no la participación de los menores en una investigación, y lo daba por válido, quizás porque personalmente no he formado parte de ninguna investigación que contará con la participación de menores.
Desde mi punto de vista considero que el asentimiento informado para los investigadores debe ser un documento con más valor que el consentimiento informado, ya que se va a trabajar con los menores y no con sus padres o tutores legales. Con este asentimiento informado, seremos conocedores desde el inicio, del interés de los pequeños/as en participar en nuestra investigación, además como ellos/as se sienten implicados e informados sobre lo que se pretende conseguir con su ayuda, se involucran con mayor interés, pudiendo ello dar lugar a aportaciones más ricas por su parte y enriquecer así nuestra investigación.
Así que, considero que los niños/as menores tienen derecho a tomar sus propias decisiones y a qué estas sean tenidas en cuenta, y se empiece a valorar también la infancia como una etapa igual de válida que por ejemplo la etapa adulta, porque como ya bien han comentado otros compañeros, la infancia es sinónimo de futuro, es por ello que esta capacidad de tomar decisiones debe llevarse a cabo y permitirse desde la niñez, porque ellos como niños/as también forman parte de la sociedad actual.
Para terminar, comentar que no he tenido previamente ninguna experiencia donde se haya llevado a cabo el asentimiento informado, ya digo que lo desconocía, en cambio sí conocía el consentimiento informado, y nunca me había llegado a cuestionar si era lo más correcto o de si los menores también debieran opinar.
Muy buenas a todos:
Tras leer esta primera entrada en el Blog, debo decir que me ha parecido interesantísima al igual que vuestros comentarios, ya que muchos de ellos además de dar vuestra opinión, habéis aportado información extra.
Primeramente decir que conocía del consentimiento informado pero nunca me había planteado sobre qué pasaba con la opinión de los menores. El asentimiento informado me parece un documento esencial, con la misma importancia y valor que el consentimiento informado.
Con ello, no solo se consigue informar al menor del estudio que se está realizando y cuáles son sus objetivos, si no que, desde mi punto de vista, va más lejos aún, ya que le damos al menor la importancia y el protagonismo que merecen. Que ellos conozcan la importancia que tienen en la investigación a realizar favorece el enfoque participativo de los mismos.
Como conclusión, quería hacer una pequeña reflexión y es que como docentes, sabemos que son numerosas ocasiones en las que comprobamos como personas como los mismos padres de los menores, le quitan valor importancia a cosas de sus hijos por el simple hecho de ser niños y niñas, y como he leído en el comentario de un compañero, ser menor no quiere decir ser invisible. Ser menor quiere decir futuro, futuro profesor, futuro camionero, futuro médico, futuro mecánico, futuro periodista, etc. Así que, vamos a concederles a esos menores la importancia que merecen y que realmente tienen y que con documentos como el asentimiento informado somos capaces de dársela.
Buenas tardes,
Lo primero de todo, me gustaría decir que me ha parecido una lectura muy interesante a la par que enriquecedora. Era conocedora de la necesidad de un consentimiento informado para aquellas personas que participan en la investigación, pero nunca me había preguntado qué pasa cuando los informantes son menores de edad. Nunca he estado en contacto con experiencias donde un menor haya firmado un asentimiento informado ya que es la primera vez que estudio sobre investigación cualitativa. No obstante, si ahora en alguna investigación (o experiencia de aproximación) ocurre que algún participante sea menor de edad, es un recurso que tendré en cuenta.
Paso ahora a dar mi valoración sobre el tema. El menor de edad tiene derecho a ser conocedor de todo aquello que le atañe. Para ello, nos podemos fijar en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. En el punto 1 del artículo 9. Derecho a ser oído y escuchado, se destaca que el menor tiene que recibir la información que le permita el ejercicio de este derecho (en el caso del asentimiento informado, conocer su conformidad de participar en la investigación) con un lenguaje comprensible, en formato accesible y adaptado a sus circunstancias. Esto a su vez, va en relación con la modificación del artículo 2 de esta ley en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia, en el que se indica que se debe velar siempre por el interés superior del menor.
Al igual que a los adultos nos gusta ser informados de cómo se va a tratar nuestra información, los menores tienen que tener la misma opción. Considero, por tanto, que es bueno hacer ver desde la infancia que se valora su opinión contándoles por qué el investigador está ahí o la finalidad de la investigación. Además, al menor le permite fomentar su capacidad de autorreflexión y toma de decisiones.
Finalmente, pienso que, si el menor es informado del propósito de la investigación y la importancia de su participación en la misma, se puede mostrar más abierto y colaborativo. Esto podrá permitir una mayor profundidad y riqueza en la investigación al sentir que ha podido dar su consentimiento para poder empezar y se ha valorado su opinión.
¡Hola a todos! Pese a compartir la misma línea de pensamiento con todos los compañeros y compañeras que han comentado esta primera entrada del blog, me gustaría aportar también mi opinión sobre el consentimiento y asentamiento informado.
En primer lugar, he de admitir que pese a haber realizado investigaciones en los colegios con sus respectivos consentimientos informados, jamás había oído hablar del asentamiento informado como documento que recaba la conformidad de los niños y niñas para participar en los proyectos. Sin embargo, atendiendo a mi experiencia personal y de forma previa a comenzar cualquier tipo de investigación, siempre he creído conveniente informar de forma oral al alumnado del objetivo del estudio, así como de la importancia de su participación en la misma; aunque es cierto que nunca he utilizado un documento formalizado donde los menores pudieran dar su conformidad. Es por esa razón que, tras la lectura de esta entrada, valoro positivamente este documento y considero que se convierte en un instrumento necesario y de gran utilidad en el ámbito de investigación de la infancia.
Con respecto al conocimiento de alguna experiencia en la que se haya facilitado el asentimiento informado, es necesario destacar que el Young Person Advisory Group (YPAG), KIDS Barcelona, del Hospital Sant Joan de Déu de Barcelona ha redactado unas recomendaciones para que sean consideradas por los promotores de los ensayos clínicos y los Comités de Ética de la Investigación con medicamentes (CEIm) con el fin de que el documento de asentamiento se adapte plenamente a las necesidades de información de los niños participantes en estos ensayos clínicos.
De esta forma, la participación de un niño o niña en un ensayo clínico debe ser voluntaria, puesto que se trata de un acto altruista que contribuirá al avance de la ciencia en el tratamiento de una determinada enfermedad. Asimismo, hay que garantizar en todo momento que los menores sean conocedores de sus derechos (incluyendo el abandono del estudio en cualquier momento) y que estén informados de lo que sucederá durante su participación en el estudio. De vital importancia es también el contenido (conciso, vocabulario de fácil comprensión, explicaciones sencillas…) y el formato del asentimiento (extensión entre 2 y 5 páginas, utilizar colores, dibujos, fotos o esquemas que faciliten la comprensión de la información, no utilizar el término “sujeto” …).
En conclusión, y desde mi punto de vista, el asentimiento informado se convierte en un documento complementario del consentimiento informado de gran utilidad y necesario a la hora de realizar cualquier tipo de investigación en el ámbito de la infancia.
Información recuperada de https://www.kidsbarcelona.org/es/proyectos-realizados
Hola, compañeros y compañeras:
Antes de nada me gustaría agradecer la oportunidad que nos has trasladado, Belén, compartiendo con todo el grupo la existencia del “asentimiento informado”. Me ha gustado mucho poder leer la entrada del blog ” “Investigación con la infancia. ¿Basta con el consentimiento?”.
En mi caso, a pesar de haber realizado alguna investigación, no he tenido experiencias previas con menores. De hecho, nunca me había parado a pensar en el hecho de tener que pedir por escrito este “asentimiento” a las personas informantes o participantes menores de edad. Tampoco soy conocedora de ningún caso en el que esto haya sido utilizado.
Sin embargo, he podido comprobar que muchos/as de mis compañeros/as sí han tenido experiencias previas en las que han tenido que realizar esta reflexión y a pesar de no conocer la terminología han llevado a cabo este proceso, lo cual me alegra profundamente.
En mi opinión, es de suma importancia hacer saber a la persona que va a formar parte de una investigación “dónde se mete” de manera clara y transparente. Creo que, independientemente la edad que tenga, es primordial que sepan el interés de la investigación, los objetivos y su finalidad y que todo esto quede reflejado de alguna manera (por escrito). En el caso de los y las menores, creo que es importante adecuar el mensaje y trasladarlo de la forma más sencilla posible para que puedan tener libertad de escoger si formarán parte o no, tal y como se propone con el “asentimiento informado”. Es por todo esto por lo que me posiciono totalmente a favor del uso de este documento.
Muchas gracias y un saludo.
¡Hola compañerxs!
Tras la concienzuda lectura de la entrada del blog “Investigación con la infancia. ¿Basta con el consentimiento?” así como de todas vuestras reflexiones y aportaciones, me resulta llamativo destacar que, muchxs de nosotrxs hemos llevado a cabo la ejecución del asentimiento informado sin conocer dicha terminología o en su defecto, nos lo hemos planteado como una cuestión más a la hora de investigar y trabajar sobre un colectivo tan complejo e interdisciplinario como es el caso de la infancia en general.
En mi caso, como Educadora Social, ejerciendo en un Centro de Primera Acogida y Valoración con NNA (Niños, Niñas y Adolescentes), desconocía la terminología, pero sí he llevado a cabo su puesta en práctica, además, de manera diaria a nivel laboral.
Cabe destacar que los menores que ingresan en el Centro, llegan por una situación de desamparo y riesgo, normalmente de carácter de urgencia, viéndose en muchos casos la imposibilidad del retorno familiar, pese a ser la primera opción que siempre nos planteamos al recibir una derivación de un NNA.
Por tanto, además de ser los primeros y principales responsables del NNA en cuestión junto al Departamento Provincial de Bienestar Social, así como de otras redes y/o recursos internos, externos y/o complementarios, considero firmemente que, nos debemos de sentir en la obligación de plantearnos y cuestionarnos de manera constante y reflexiva sobre nuestra praxis como profesionales de la Educación Social, así como de la intervención socioeducativa que desarrollamos en nuestro día a día con ellxs.
Siendo, por tanto, uno de nuestros objetivos más principales, el hacer protagonista de su vida a la persona con la que trabajamos, dentro de sus circunstancias, características y bagajes personales, sin que la edad sea un condicionante por y para ello.
Es de vital importancia, poder ofrecer las herramientas, técnicas y conocimientos necesarios para un desarrollo óptimo de la persona, no tan solo dejándonos llevar por su edad y madurez, sino por aquello que necesita y el momento en el que lo necesita, ya que no siempre tiene por qué ir cogido de la mano con la edad y madurez de la persona en cuestión con la que vamos a llevar a cabo el asentimiento informado.
Considero, por tanto, que no tan sólo debemos de aplicar el asentimiento informado al ámbito educativo, sino también al ámbito socioeducativo tanto como Investigadorxs como profesionales en la intervención y ejecución de nuestra labor como Educadorxs Sociales.
¡Un saludo!
¡Muy buenas a todos!
Con respecto al presente debate, nunca había caído en dicho planteamiento entre el consentimiento informado y el asentimiento informado, ya que, de manera general, cuando se trata de alguna información o participación por parte del alumnado menor de edad siempre se ha sugerido que solo se necesita el consentimiento de alguno de sus padres o tutor/a legal, pero es un tema de gran interés permitir al alumnado que tenga voz y boto en su participación en cualquier tema de investigación. Es importante además que ellos conozcan la finalidad de sus respuestas y para qué van a servir, indicándoles que las investigaciones tienen la finalidad de mejorar la enseñanza en el futuro, haciéndoles sentir importantes.
Es un gran paso para ellos/as, ya que se les aporta información de un tema que puede ser de su interés para el alumnado y, que a partir de esta información, que ellos/as sientan que están participando en una investigación y que sus respuestas van a ser tenidas en cuenta y servirán para ayudar de alguna manera.
Pienso que es una gran idea en cuento a darle valor a la opinión del alumnado ya que ellos deben ser los protagonistas de su propio proceso enseñanza-aprendizaje y de esta manera se les da la oportunidad de poder mejorarlo con sus aportaciones.
Buenas tardes,
Atendiendo al tema expuesto del asentimiento estoy de acuerdo con las respuestas expuestas en cuanto a que tendría que ser obligatorio establecerlo porque primero es derecho de un niño tener esa capacidad por ello, en el 2000, en el Simposio Internacional sobre la bioética y los Derechos del Niño, se elaboró un documento sobre la protección de los derechos de los niños que participan en investigaciones científicas, la Declaración de Mónaco, que resalta la atención a la salud del niño debe incluir la debida consideración por la aclaración, el consentimiento y por la negativa al consentimiento, según el grado de autonomía del niño.
Hay numerosos autores que han investigado en el tema y han publicado sobre el mismo y desde mi propia crítica estoy de acuerdo con los siguientes autores: Rossy, Reynolds y Nelson exponen que este planteamiento se debe realizar para mostrar, primeramente, respeto por la autonomía del niño y la niña, cuya capacidad de asentimiento cambia según aumenta su capacidad cognitiva. Y continuando con esta línea del respeto y por ello, la aplicación del asentimiento, es importante destacar a Spriggs y Caldwell que luchan por el respeto, el bienestar del niño.
Por ello hay que informar, dar tiempo para que den una respuesta y respetar dicha decisión. Son personas que no tienen porqué hacer cosas impuestas si no que hay que intentar que saquen su lado crítico y autocrítico para que a través del respeto y la confianza en ellos y ellas, consigamos crear una sociedad crítica y respetuosa.
-Rossy WC, Reynolds W, Nelson RM. Child assent and parental permission in pediatric research. Theor Med Bioeth (2003).
-Spriggs M, Caldwell PHY. The etics of paediatric research. J Paedratic Child Health (2011).
Buenas tardes,
En primer lugar, comentar que todos los comentarios me han resultado muy interesantes y he percibido que todos y todas vamos en la misma línea de pensamiento con respecto al tema que se nos ha presentado.
En segundo lugar, considero que es un tema de gran importancia, ya que tanto desde el mundo educativo como en el de la investigación, los menores tienen derecho a ser informados y conocedores de lo que se les plantee. En efecto, en la actualidad tenemos, a nivel nacional, múltiples leyes que rigen este derecho de la infancia y la adolescencia a ser reconocidos. Uno de los principios que podemos observar es el que dicta en la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Concretamente, especifica “El derecho de todo niño, niña y adolescente a que su interés superior sea valorado y considerado como primordial en todas las acciones y decisiones que les conciernan, ya sea individual o colectivamente, tanto en el ámbito público como privado”.
En tercer lugar y por último, abordar que desarrollo mi labor como orientadora educativa en un IES público de la provincia de Teruel, con unas dimensiones bastantes amplias y un alumnado muy diverso. Por ello, trabajo muy directamente con las familias y siempre les comento la posibilidad de firmar un consentimiento informado para poder tratar los datos de manera coordinada con otros servicios públicos, como son los servicios sociales, sanitarios, etc. Sin embargo, el asentimiento informado nunca me lo había planteado, y creo, que desde la lectura de este artículo, voy a comenzar a tenerlo en cuenta para que el alumnado sea conocedor.
Buenas tardes,
Con respecto al consentimiento informado, ya lo había escuchado y puesto en práctica, ya que en un centro donde trabajé como maestra, se llevó a cabo un proyecto deportivo y los padres tuvieron que firmar un documento para la participación del alumnado.
Sin embargo, desconocía el asentimiento informado como un recurso sin suplir la autorización de los padres.
Bajo mi punto de vista, después de haber leído la presentación del tema a debatir y las aportaciones de mis compañeros, creo que es la mejor forma de contar con la participación del menor de edad en el ámbito educativo. Desde la puesta en marcha de la Declaración de los Derechos del Niño en 1959, se ha tenido como objetivo principal proteger al menor reconociendo el protagonismo como sujetos de derechos.
Por ello, los niños y niñas tienen derecho a poder participar en investigaciones que afectan a su entorno. Como ejemplo, si queremos abordar una investigación sobre el acoso escolar, es esencial contar con su colaboración ya que son la fuente principal de información y pueden haberlo vivido en primera persona y de este modo, poder tratar la problemática desde la raíz.
En numerosas ocasiones, se tiende a proteger al menor e interceder por él, por el simple hecho de no tener la suficiente madurez para actuar como debe. De esta forma, no le daremos la oportunidad escucharlos, mostrar sus intereses, opiniones, o temores, y sobre todo, hacerles sentir valiosos en las propuestas que se les “ha dejado participar”.
Por tanto, dejar a niños y niñas menores que decidan si quieren participar o no en un proyecto o investigación, es una excelente idea para que se sientan que forman parte del mundo, y de los que incluso podemos aprender.
Muy buenas a todos y todas que estáis colaborando en este debate. Para comenzar me gustaría resaltar que es una cuestión que personalmente no había escuchado nunca sobre el término de consentimiento informado y que por otro lado no había caído en replantear y poder ver los distintos puntos de vista, tratando este tema como un aspecto normal y común tanto en la docencia como cuando era ese estudiante menor cuando le llevaba dicho papel a mis padres, donde se firma un consentimiento por los padres- madres- tutor/a legal sin llegar a saber realmente si el alumno/a menor quiere ser partícipe de ese proyecto o investigación.
Ya que los alumnos y alumnas deben de ser los protagonistas en la educación y ser activos en el aprendizaje, también tienen que ser informados y deben de ser ellos mismos los que decidan en la participación ya que, tanto el consentimiento informado (documento que firman los padres-madres-tutor/a legal para el consentimiento o no de la participación de su hijo-a) como el asentamiento informado (documento que en ningún caso sustituye al anterior, sino que, recaba la información adecuada a los alumnos y alumnas de forma para lleguen a entenderlo y sean ellos los que decidan si quieren participar o no) son complementarios entre sí para de esta forma hacer partícipe tanto a las familias como al alumnado.
En este tema la figura de la familia o tutor/a legal tiene un papel muy importante en todo este ámbito, ya que dicha persona que firma el documento para su consentimiento también puede informar y explicar al alumno/a la investigación o proyecto que se desea realizar y si él o ella desea participar o no.
Cierto es que también se pueda mezclar en este ámbito la no participación por algún motivo en concreto con la no participación por dejadez y desgana siendo esto un problema y un aspecto a destacar para el docente que intenta realizar dicha investigación.
Para finalizar, me gustaría recalcar que, bajo mi punto de vista, el alumnado siempre debe de ser incluido y participe en la educación, siéndolo de esta forma a través del asentamiento informado una forma de ejercer su derecho donde él o ella tienen la capacidad de decidir sobre ellos mismos.
Buenos días compañeros
Muy interesante el tema a tratar, en mi caso es mi día a día. Actualmente trabajo haciendo investigaciones como Trabajadora Social, es verdad que mientras estaba como Educadora no había utilizado el asentimiento informado, ahora sí.
En algunos casos me miran los padres de forma escéptica, otras veces me comentan que les parecen muy bien.
Ahora bien si miramos hacía el pasado, había que pedir permiso para todo. Por un lado hubo evolución y por otro lado se va perdiendo esta autonomía.
Creo que es importante que las personas que son partícipes decidan si quieren o no hacer parte de ello.
Buenos días,
Me gusta mucho el debate que se genera a través de esta entrada porque es algo sobre lo que yo he reflexionado en muchas ocasiones como maestra. Sabemos que es necesario el consentimiento de los turores legales pero es cierto que con esa autorización son los tutores los que aprueban, pero no se le da la importancia de conocer la opinión del propio menor.
Es cierto, que no es lo mismo un consentimiento para una actividad concreta aislada que para hacer una investigación, donde creo primordial saber si el menor quiere participar o no.
De hecho, considero que el asentimiento debería ser el primer paso en la intervención con ellos/as. Si ellos mismos no quieren participar, no tenemos por qué pedirles un consentimiento a los adultos obligándolos a hacerlo. Hoy en día, en muchos aspectos, buscamos que los niños y niñas sean más maduros, que busquen su autonomía, su toma de decisiones…pues creo que aquí debe serlo también.
Entregarles o mostrarles un documento o recurso visual (Dependiendo de las edades) donde ellos puedan ver qué se va a realizar y recoger su opinión y su toma de decisión, adaptada a lo que se va a realizar y a esos destinatarios.
Es muy importante que ellos estén de acuerdo con su participación de una forma libre y de propia voluntad igual que hacemos los adultos, y que todo ellos por supuesto esté respaldado con el consentimiento de sus tutores.
Para terminar, si nuestra investigación son con menores, si sin ellos no se podría realizar la investigación nconsidero principal su opinión. Ellos podrán ser informantes o participantes, pero sobre todo son los PROTAGONISTAS, y deben de serlo desde el momento inicial.
En primer lugar, querría ceñirme al objeto preciso de la entrada del blog, que es el asentimiento informado en el ámbito de la investigación socioeducativa con metodología cualitativa. Entiendo que en otro tipo de actuaciones, de metodología, o de tipología de investigación, se deberían considerar sus factores específicos, para aplicar o no los mismos criterios que vamos a exponer. Esto es importante, dado que en una búsqueda preliminar de bibliografía sobre el tema, la mayor parte de lo que se encuentra es en el ámbito médico y de investigación clínica; habrá sin duda consideraciones comunes, pero también significativas diferencias.
Personalmente, no, ni como investigador, ni como participante, ni como informante, ni tampoco como estudiante, había tenido conocimiento de este concepto. Dicho esto, cabría pensar que, en circunstancias normales, antes de dar un consentimiento informado, los padres habitualmente consultarían con sus hijos o les explicarían en qué iban a consentir, siempre de manera proporcional a su edad, madurez, circunstancias concretas, y alcance del compromiso que, en nombre de ellos, iban a adquirir. No me cabe ninguna duda de que mis padres habrían actuado así conmigo, de la misma forma que yo lo haría con mis hijos. Es decir, puede pensarse que, insisto, en circunstancias normales, el “asentimiento informado” de una forma u otra va ligado de forma natural al consentimiento legal.
A esto puede objetarse que, evidentemente, el investigador no tiene garantía alguna de que ello sea así, lo que, de alguna manera, le mantiene en un dilema ético y también práctico, pues, por supuesto, contar con unos informantes/participantes bien dispuestos facilita en general el desarrollo de cualquier investigación. Ahora bien, considerando el punto anterior, ¿tiene que ser necesariamente el investigador el que recabe directamente el asentimiento informado? ¿No podría solicitarlo de los propios padres, o incluso exigir de estos que, al firmar el consentimiento, estén también firmando que han informado a los menores y recabado su asentimiento en la medida en que ello sea posible? Por un lado, quien mejor conoce al niño es su propia familia, que sabrá quizás adaptar el mensaje y explicarlo de manera comprensible; por otro, al tener que explicarlo estamos también “forzando” a que los padres entiendan mejor en qué va a consistir la investigación. Y, por último, podríamos incluso considerar que esta aproximación es más respetuosa con la figura paterna (o tutoría legal), en su papel de protector y responsable del menor de edad.
En otro orden de cosas, creo que es importante hacer distinciones en función de la edad del menor. Si atendemos tanto a la clásica figura de los septenios, como a la moderna Psicología evolutiva, parece que es más o menos a partir de los 7 años cuando la capacidad de pensamiento del niño le permite comenzar a establecer conclusiones lógicas de forma sistemática. Es justamente el tránsito de la etapa preoperacional a la etapa de las operaciones concretas, en el modelo de Piaget, o el momento en el que antiguamente se consideraba que se alcanzaba el “uso de razón”. Antes de esa edad, lo más probable es que el niño dará o no el “asentimiento informado” en función de lo agradable que le resulte la persona que se lo está pidiendo, o de lo más o menos hábil que ésta sea a la hora de presentar de forma atractiva en qué va a consistir la actividad. En el fondo, podríamos correr el riesgo de “hacernos trampas al solitario”. En Stepanky (2015), vemos que, efectivamente, en investigación o tratamientos médicos el asentimiento informado se obtiene a partir de los 7 años.
Por el contrario, a partir de los 12-14 años (etapa de las operaciones formales, siguiendo con la teoría piagetiana), el adolescente ya tiene, en principio, una capacidad de comprensión suficiente como para asentir o no de acuerdo con unos criterios más o menos sólidos. Hablando, además, de una investigación socioeducativa, y como antes apuntábamos, ya no es sólo una cuestión ética, sino también práctica, la de asegurarnos que contamos con su asentimiento. Entrevistar u observar a personas que no quieren ser entrevistadas ni observadas, o que no han entendido por qué están en esa tesitura, necesariamente empobrecerá la investigación, e incluso puede desvirtuar sus hallazgos, al introducir un componente de artificio o de resistencia en el momento de la recogida de información.
Queda, pues, esa etapa intermedia (de las operaciones concretas, según Piaget), entre los 7 y los 12 años, siempre aproximadamente, pues no hay dos niños iguales. Es especialmente importante asegurarnos de que el asentimiento que vayamos a recabar se obtenga mediante una explicación a medida de las posibilidades del menor; y quizás por eso aquí reviste más sentido la pregunta que lanzábamos antes acerca de esa posible operativa indirecta, a través de los padres, para conseguirlo.
Bibliografía:
Stepanky, N. (2015). El Consentimiento Informado como documento ético. Rev. Hosp. Niños [Internet], 57(256), 17-25.
Hola a todos y todas los que estáis participando en este debate, voy a dejaros mi opinión sobre el asentamiento informado.
Primeramente, comentar que nunca antes había oido hablar de este término. Después de leer el blog y revisado la web de enclave. Evaluación y enfoque de los derechos humanos, estando al frente la socióloga y cofundadora del proyecto Marta Martínez Muñoz, quién resalta la idea de aplicar en sus investigaciones un enfoque metodológico que garantice los derechos de la infancia en especial, así como el conjunto de los derechos humanos. Resulta oportuno analizar la idea de asentimiento informado dentro de estos derechos de la infancia, y más en concreto, de la capacidad del niño a decidir y dar el visto bueno a su participación en proyectos de investigación. A raíz de leer este blog y de reflexionar sobre el concepto de “asentimiento informado”.Considero especialmente importante incluirlo en todas las propuestas en las que participen menores y no aludir solo a los consentimientos de los tutores.
Como maestra, me gustaría dejar esta reflexión latente; si una de las competencias curriculares en materia de educación es “aprender a pensar” encaminando a los escolares a ser sujetos activos con pensamiento crítico , ¿os resulta coherente trabajar con estos niños sin tener en cuenta su capacidad en la toma de decisiones, y más aún cuando son ellos los protagonistas e implicados?.
A lo largo de todos estos años de experiencia, me he percatado de que partiendo de los intereses y motivaciones del alumnado se consiguen propuestas mucho más enriquecedoras, si lo trasladamos al ámbito de la investigación, al presentarle la propuesta de investigación a los niños implicados, cuando les explicamos por qué son importantes en ella y cuál es la finalidad de la misma, estamos involucrando activamente a estos niños en todo el proceso consiguiendo, seguro, mejores resultados.
Desde el aula, también podemos contribuir a desarrollar esta capacidad para tomar decisiones, pues recordemos que somos seres sociales y como tales, estamos tomando decisiones constantemente. La sociedad nos ofrece un amplio abanico de ofertas y somos nosotros los que elegimos cuáles y qué camino tomar.
¿Cómo podemos contribuir con el asentimiento informado desde el aula? un modelo renovado de enseñanza sería aquel en el que las actividades se plantean abiertamente sin tantas pautas estrictas, donde, en ocasiones, son los niños los que plantean las temáticas que les interesan para trabajarlas en proyectos o debatirlas, la metodología cooperativa también contribuye a favorecer esta capacidad en la toma de decisiones, puesto que es a través de este trabajo colaborativo en el que se dan diferente planteamientos y los participantes tienen que llegar a un consenso pasando por la exposición de las propias ideas, un debate a favor y en contra de las mismas y finalmente llegar a un acuerdo en la elección de la que consideran mejor, resulta también interesante plantearles interrogantes para que sean ellos los que piensen y lleguen a la resolución del problema favoreciendo desde edades tempranas ese “aprender a pensar”, dentro del ámbito actitudinal, es interesante potenciar en ellos su autonomía y sus posibilidades de enfrentarse y solucionar con éxito los quehaceres diarios del aula.
Todas estas iniciativas dentro del proceso d enseñanza-aprendizaje, fomenta en los más pequeños la creatividad, la motivación hacia el aprendizaje de nuevos conocimientos, la autoestima al ser considerados parte importante en la toma decisiones, estamos formando sujetos que ganan en autoconfianza por lo que se enfrentarán mejor al mundo que les espera fuera. La figura del maestro debe ser una figura que esté presente en todo momento, apoyando al alumnado, dándole pautas y pistas que motiven su progreso, actuando siempre desde la amabilidad y comprensión. ¿cambiaría algo en la sociedad si esta línea educativa se aplicase en todas las escuelas?
Hola a todos y a todas los que participáis en este foro,
Al igual que han expresado algunos de mis compañeros/as, es la primera vez en mi trayectoria estudiantil, ya que aún no tengo experiencia como profesional, pero si en prácticas como técnica de integración social y educadora social y en diversos voluntariados, que escucho este término.
Es los proyectos e investigaciones en los que he tenido la oportunidad de participar, no he sido consciente de si los menores estaban o no a favor de su participación, simplemente las familias por x motivos habían decidido que su participación era necesaria para ellos/as. Por consiguiente, se nota quien tiene ganas o no de implicarse, ya que lo demuestran en el interés que ponen en las actividades.
Entonces, ¿se llevan el mismo aprendizaje aquellos niños/as que tienen ganas de participar de aquellos de los que simplemente lo hacen porque lo tienen que hacer? En mi opinión, creo que no, y sería necesario, contar con su opinión y que sean conocedores de porque es necesaria su implicación en dicho proyecto.
También creo que depende mucho de las familias y menores con los que trabajamos, aunque ello no justifica la falta de información hacia ellos.
Crecemos con la idea de que es necesario el consentimiento de nuestros mayores para todo, tanto es así que en ocasiones llegamos a dudar de si lo que realmente queremos hacer sería lo correcto o no, cuando tendríamos que darnos la oportunidad de equivocarnos y aprender.
Considero que esta idea es muy acertada y muy necesaria, y debería ponerse en práctica en todos los proyectos e investigaciones, consiguiendo posiblemente unos mejores resultados y mayores aprendizajes en los participantes.
Por último, valoro mucho esta aportación y aprendizaje por mi parte, ya que considero que es necesario que los profesionales que nos dedicamos a trabajar con los menores seamos conscientes de que existe tal consentimiento y empecemos a hacer uso de él.
Hola a todos y todas las que me estéis leyendo, vengo a dejaros mi opinión sobre este tema del asentimiento informado.
Primero decir, que nunca había oído hablar de este término. Yo, como educadora social siempre que he trabajado con menores he tratado de hacer partícipes a los mismos tanto en las tomas de decisiones como a la hora de participar. Todo lo que propongo, trato que participen de forma voluntaria, ya que al ser voluntario implica libertad de elección, algo que considero muy importante que tengan los menores. Pero no sabía que a eso se le denominaba asentimiento informado.
A lo largo de los años, la percepción que se tiene del menor ha ido evolucionando. Hoy en día, ya no solo se ve al menor como objeto de protección sino que ahora también se le ve como sujeto de derechos.
Es verdad que desde que nacemos, las personas adultas deciden por nosotros en todos los aspectos de la vida, pero ¿a partir de qué edad los niños pueden decidir por sí mismos? En este punto, creo que no deberíamos de hablar de una edad concreta, sino que hay que tener en cuenta muchas cuestiones. Algunas de estas cuestiones, relacionadas con el tema de la participación en investigaciones o proyectos, son el nivel de complejidad del estudio y del objeto de estudio, la capacidad o competencia del menor (referido al nivel de madurez, capacidad cognitiva, capacidad emocional…), la motivación del menor, entorno en el que se encuentra…
Me parece muy importante destacar la dificultad que conlleva valorar todas las cuestiones que he mencionado anteriormente. ¿Cómo valoramos las competencias o el nivel de madurez del menor?
Investigando sobre esto, he encontrado como Appelbaum (1988) comprende unos criterios para la valoración de la competencia del menor. Estos criterios son:
– Comprensión de la información relevante para la decisión a tomar.
– Apreciación de la situación y sus consecuencias.
– Manipulación racional de la información.
– Capacidad de comunicar una elección.
En mi opinión, darle al menor la capacidad de decidir me parece esencial para desarrollar su autonomía y su autoestima. Para ello es importante implicarle en el proceso completo de toma de decisiones. Es decir, informarle (la información que se le proporcione debe estar adecuada a su nivel de comprensión), escuchar su opinión, así como sus propuestas (de está manera fomentamos su participación), y por último, tenerlo en cuenta (considerando al menor como competente). Esto provocará que el menor se sienta protagonista.
Bibliografía:
Appelbaum, P.S. (1988). Assessing patients’ capacities to consent to treatment. The new England journal of medicine, 319, pp. 1635-1638.
Desde que nacen las niñas y los niños, las personas adultas deciden por ellas/os: su nombre, si tomarán pecho o fórmula, cómo será su habitación, a qué colegio irá, si este será público o concertado, o si su modelo lingüístico será uno u otro… En el colegio mismo se encuentran con unas normas, rutina y actividades que generalmente vienen decididas por las personas adultas. Sin embargo, uno de los objetivos más importantes de la educación es que las personas lleguen a tener pensamiento crítico. ¿Cómo es posible compatibilizar el pensamiento crítico si no pueden decidir sobre su vida? Yo misma me quedo en blanco cuando me dan la opción de elegir el tema de investigación sin una consigna concreta.
En una escuela infantil en la que trabajé aprendí que cambiar el pañal era una actividad donde trabajar la autonomía y el derecho a decidir, puesto que hasta a los/as más pequeños/as se les daba a elegir entre dos pañales. Y en mi día a día como maestra de Educación Infantil me enfrento a situaciones que me hacen reflexionar sobre dónde acaban nuestras decisiones y empiezan las suyas. La verdad es que pienso que imponemos demasiado y dejamos poco espacio a sus propias decisiones.
Al hilo de lo que aquí se está hablando, ¿qué ocurre cuando la familia firma el consentimiento pero la niña o el niño no quiere participar? Como investigadoras/es, considero importante tener en cuenta a las personas que vayan a ser informantes o participantes, bien mayores o bien menores de edad. Lanzar nuestra invitación a participar y que cada persona sea libre de decidir si le apetece o no. En mi opinión, el asentimiento debería ir en primer lugar, y una vez aceptada la invitación por los/as menores, pedir el consentimiento firmado a las familias.
No conocía la iniciativa del asentimiento informado, pero me parece una excelente idea que pueda, quizá, devolvernos al camino planteado en la educación, así como devolver a las y los niños el derecho a decidir sobre su vida.
Tenía conocimiento de que existía tal proceso pero no sabía su nombre. Aunque en mi terreno laboral, el alumnado no esta plenamente capacitado para poder decidir por sí mismo en cuestiones como las que puede plantear una investigación socioeducativa, por su corta edad y falta de comprensión de los posibles temas a investigar, es algo que tengo muy en cuenta.
Ya fuera del terreno de la investigación, para mi como docente y en especial de educación infantil, edad tan vulnerable, es muy importante que cuando se propone realizar algo en el aula se tomen en cuenta las decisiones del alumnado y sobre todo si quieren o no participar, sin obligar a nadie a hacer algo para lo que realmente no está preparado, no le gusta o no quiere hacer en ese momento y no ejercer un abuso sobre su persona, obligándole de mala gana, y que sepa que su opinión es valorada e importa. Por eso pensando en el terreno de la investigación socioeducativa, me parece de suma importancia que se tenga en cuenta al menor, ya que probablemente sea él o ella el protagonista de esta, no sus progenitores o tutores legales y al final estos últimos son lo que toman la decisión de participación.
Este asentimiento por lo que entiendo es informar al menor sobre la investigación o ensayo en el que va a participar y decidir o no si quiere, es decir tomar la decisión de participación después de ser informado.
Tomar decisiones y saber que son tomadas en cuenta nos ayuda a conocernos a nosotros mismos y con nuestra autoestima, pero sobretodo nos prepara para la vida, porque la vida en general es una continua toma de decisiones y una montaña rusa en cuanto a la autoestima, y esto (preparar para la vida) es algo que buscan de los retos del siglo XXI en educación, estos de los que tanto estamos oyendo hablar con el cambio legislativo.
Si como progenitores, tutores legales o docentes no damos desde edades tempranas esta concesión de decisión sobre aspectos de su vida al menor ¿cómo vamos es esperar que la sociedad del futuro sea capaz de tomarlas y esté preparada para enfrentarse fuera de su burbuja conocida a la vida? y si cuando expresan su opinión, muestran su decisión o dan su consentimiento no les hacemos caso ¿qué esperamos que haga cuando se tenga que enfrentar solo o sola al mundo?¿cómo van a llegar a ser personas conscientes y seguras de sí mismas?
Como decía sabía de su existencia pero no de su nombre, por cuestiones de la vida tengo un primo menor con una patología crónica, que ha participado en varios ensayos a nivel socioeducativo (como puede ser cómo afecta su condición y medicación a su rendimiento escolar) y a nivel sanitario. Desde el primer momento que es consciente de su enfermedad y cómo puede ayudar a otros en su misma situación, sus progenitores le han preguntado si quiere o no realizarlos y ha llegado a firmar también el documento, al que ahora le pongo nombre.
Creo que este asentimiento informado debería ser obligatorio como el consentimiento en todas las investigaciones para que el menor sepa que está bajo investigación, como se va a realizar y participar, para acabar sobre todo con el abuso que muchos progenitores hacen de su decencia.
A pesar de no conocer ninguna experiencia sobre el asentimiento informado y después de indagar sobre este tema, considero que la idea presentada por Marta Martínez Muñoz y su equipo es muy acertada.
Aunque en diversas investigaciones participan menores de edad, no es habitual tener en cuenta sus opiniones, y mucho menos, informarlos sobre el motivo de su participación. No obstante, es necesario contar con el consentimiento informado de la familia o tutores legales, pero también debemos incorporar el asentimiento informado, haciendo a los niños y niñas partícipes de la investigación, y por tanto, de la realidad. Asimismo, pienso que si se les informa sobre la importancia y el motivo de participar, se sentirán más involucrados y mostrarán más interés en dicha investigación, viéndose enriquecidos los resultados. Por último y extrapolando esta idea a todos los ámbitos de la vida, considero que cuando un menor sea partícipe, es importante informarlo, darle la oportunidad de opinar y por tanto, tener en cuenta su aportación, puesto que en ocasiones son los adultos quienes deciden por ellos. Ser menor de edad no implica que sus opiniones no sean válidas o relevantes, pues tienen el derecho y el deber de hablar en primera persona.
Por todo ello, el asentimiento informado debe estar presente tanto en la investigación como en todos los ámbitos de la vida, teniendo en cuenta la edad y características individuales de los menores, ya que de este modo estaremos trabajando los derechos de la infancia.
Personalmente, valoro el asentimiento informado como una muy buena iniciativa para que desde edades tempranas, los niños y las niñas comiencen a tomar sus propias decisiones haciéndoles ser cada vez más autónomos. Además, con ello también se les hace partícipes de un modo más consciente y directo de cualquier proyecto o investigación, es decir, si el niño o la niña acepta formar parte, no sólo estará tomando una decisión individual y autónoma, sino que también se les implicará de lleno en la investigación, siendo conocedores en primera persona de lo que van a realizar, para qué y de los efectos que esto puede tener.
No obstante, hay que ser muy cuidadosos con como se les muestra la información a los pequeños, ya que en función de la edad y de sus capacidades psicoevolutivas, se deberá de utilizar un lenguaje más básico o coloquial, acompañar las explicaciones con ejemplos, ilustraciones… todo ello para facilitar la comprensión de los menores, y por tanto, que estos sean plenamente conscientes de lo que están aceptando o rechazando.
No conozco ninguna experiencia en la que se haya facilitado el asentimiento informado. Desde los centros en los que he trabajado, cuando se ha llevado a cabo cualquier tipo de investigación o de proyecto innovador en el que ha participado el alumnado, siempre han sido sus padres y sus madres quienes han decidido si estos participaban o no. Por ello aplaudo esta idea, para hacer que los niños y las niñas progresivamente comiencen a pensar por sí mismos, tomando sus propias decisiones, haciéndoles ser de este modo cada vez más responsables y autónomos.
En mi opinión, los menores deberían tener la posibilidad de decidir de forma voluntaria a participar o no en una investigación. En los casos en que los menores sean los protagonistas, en el sentido de que la investigación dependa de su participación, considero beneficioso que éstos tengan la capacidad de decidir si están de acuerdo a participar en la investigación o por el contrario disentir. Tanto si está de acuerdo como sino lo está, para mí sería una oportunidad que se les ofrece, porque teniendo toda la información en cuanto a lo que se pretende conseguir con la investigación (por qué es importante que participe o cuál será su forma de participar), tienen la posibilidad de reflexionar y de expresarse, exponiendo lo que piensan al respecto y por qué toman esa decisión, independientemente de que los padres, madres o tutores/as, estén de acuerdo o no. En relación a esto último, a los tutores legales también se les daría la posibilidad de reflexionar sobre su decisión en el proceso de consentimiento formal, teniendo en cuenta lo que piensa el menor.
En al asentimiento, considero que se tienen que tener en cuenta varios aspectos. Uno de estos sería como se le ofrece la información de la investigación. Creo que dependiendo de su edad y/o madurez se le podrían explicar de forma visual, por ejemplo, mediante videos, y en un lenguaje acorde a su edad. Además se le debería sugerir y animar a realizar preguntas sobre la investigación con el fin de resolver posibles dudas que puedan surgir, y así comprender que entienden en qué consiste la investigación en la que van a participar.
Aunque el asentimiento no sea obligatorio porque no es exigido por ley como el consentimiento, considero esencial dar la oportunidad de poder incluir a los menores en este proceso, ya que pienso que se trataría de un proceso de inclusión donde se promueve la autonomía en la toma de decisiones de los menores. Más allá de que el asentimiento no tenga consecuencias legales, considero que sí existen aspectos éticos. Por esta razón, deberíamos considerar a los menores como sujetos de derecho, con capacidad de decidir, de acuerdo a su edad y, siempre y cuando tengan la suficiente madurez para entender en qué consiste la investigación y lo que se espera de ellos. Con todo lo expuesto, valoro el asentimiento como positivo porque considero que es una buena herramienta.
Para concluir, indicar que no he conocido ninguna experiencia donde se haya facilitado el asentimiento informado. En mi caso, solo he utilizado el consentimiento informado para los adultos. Sin embargo, cuando se me presente la oportunidad de poder utilizarlo, lo haré.
Me ha parecido muy interesante la entrada del blog ya que no tenía constancia de lo que era el asentimiento informado ni como se solía actuar ante una investigación cualitativa de la infancia ya que nunca me he visto realizando una.
Mi opinión al respecto es que me parece importante tener en cuenta el consentimiento u opinión de los niños en algo que les puede repercutir o en lo que se van a ver involucrados y, por eso mismo, me parece un concepto que debería de llevarse a la práctica cada vez más en este tipo de investigaciones. Considero que cuando se va a llevar a cabo una investigación hay que exponer y explicar muy bien a todo aquel interesado o que se va a ver involucrado en la misma de los objetivos, recursos, finalidad, forma de actuar, etc. Esto debería ser una parte esencial de toda investigación para que sea correcta.
Es cierto que cuando hablamos de niños menores de edad hay que tener en cuenta muchos aspectos, no podemos intentar explicarle las cosas como lo haríamos con un adulto sino que debemos adecuarnos a sus características, sus capacidades y su madurez en cuanto a su edad porque esa será la única forma de que el asentimiento informado sea válido. Aun así considero que la complementariedad entre el consentimiento informado de los padres o tutores del menos junto con el asentimiento informado del propio menor hace que una investigación sea lo más óptima posible en cuanto a dicho aspecto.
Considero que el asentimiento informado es una muy buena opción que permite a los y las menores participar en investigaciones formales. Las personas adultas o mayores de edad no tenemos ningún problema para participar, por lo general, en encuestas o entrevistas o en la vida, pero, por el contrario los y las menores y jóvenes sí que tienen esa “traba” al no superar la mayoría de edad y ser una figura tan protegida.
Considero que muchas veces sobre-protegemos en algunas situaciones a esta parte de la sociedad, por miedos (muchas veces fundamentados) o por creer que al ser tan jóvenes no tienen nada que decir. Pero, creo que estamos muy equivocados/as y que tenemos pensamientos demasiado paternalistas sobre esto. Es importante protegerlos y saber que no son adultos a ojos de la ley para hacer muchas cosas, pero considero que debemos permitir su participación en otros ámbitos, ya que, en numerosas ocasiones, los y las jóvenes no se interesan por temas porque saben que su opinión no es considerada igual de importante que si la dieron con 18 años.
Por todo esto, creo que el asentimiento informado es una buena herramienta para que tomen acción y que vean que su opinión importa y mucho. Hay que dejarles participar y darles valor, porque ser joven no significa ser invisible,
Finalmente, personalmente no he conocido ningún ejemplo en el cuál se emplee este documento. Yo misma he utilizado para investigaciones sólo el consentimiento informado para los adultos, y una de las razones por las que no he entrevistado a menores, ha sido por las complicaciones que ello conlleva (comités éticos, pedir permiso a los progenitores, etc.). Es un sector de sociedad de difícil acceso.
Buenas tardes.
En mi opinión el asentimiento informado forma parte intrínseca de una investigación en el ámbito educativo con alumnos menores de edad. La competencia para el asentimiento se basa en el ejercicio de la capacidad y la voluntariedad de un menor de edad en relación con los objetivos y los contenidos que se prestan para dicha investigación. En ello entra en juego el concepto de madurez, pero a tales efectos los alumnos deben de ser conocedores a través de un lenguaje y un formato adecuado para ellos lo qué están haciendo y para qué lo están haciendo (es decir, son maduros respecto su edad, no en relación con la edad adulta).
De forma sencilla, podemos explicarlo como un proceso de negociación entre el investigador y los sujetos participantes en la que se ofrece una explicación explícita y clara de los propósitos, procedimientos y beneficios.
Dentro de tal experiencia de investigación entra también en juego el valor ético, con ello quiero decir que no se puede utilizar el intelecto u opinión de una persona para sacar unas conclusiones sin decir la verdad sobre su realización y contenido independientemente de la edad, ya que una investigación para un alumnado menor de edad tiene o debería de tener un objetivo contextualizado y veraz.
Asimismo, para tener en cuenta la veracidad de los datos obtenidos, siempre serán más rigurosos cuando los sujetos estén predispuestos e informados adecuadamente. Todo ello no exonera del derecho de los padres o tutores legales de estar informados sobre el proyecto de investigación que se va a desarrollar con los menores.
En conclusión, es un derecho que pertenece al sujeto por el tal hecho de ser parte de una investigación tanto si quiere o no compartir su información.